REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Quinto (25º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis de julio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: AP21-S-2010-000601

Vista la diligencia de fecha 1 de julio de 2010, suscrita por la abogada KATIUSKA CHIRINOS JIMENEZ, inscrita en el Instituto de Previsión del abogado bajo el No. 94.267, en su condición de apoderado judicial de la parte oferente, mediante la cual desiste de la oferta real de pago, en tal sentido este Juzgado en conocimiento de la facultad conferida para desistir del procedimiento, homologa el DESISTIMIENTO en los términos indicado por dicha parte. Igualmente se ordena infórmale a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial Laboral. Líbrese Oficio.-
La Juez
El Secretario
Abg. Milagros Jiménez
Abg. Gustavo Portillo