REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XVI.
Caracas, Seis (06) de Julio de Dos Mil Diez (2010)
Años: 200° y 151°
ASUNTO Nº AP51-S-2009-006098

PARTE PETICIONANTE: CAROLYN GARCIA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 11.305.625.
ABOGADA ASISTENTE: ESTRELLA RUIZ CORRALES, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 10.728.
HIJOS: SE OMITEN DATOS
MOTIVO: SOLICITUD PARA VIAJAR
TITULO PRIMERO
Por solicitud escrita de fecha Dieciséis (16) de Abril de Dos Mil Nueve (2009), se inició el presente procedimiento de Solicitud para Viajar a favor de los niños de autos. En el referido escrito, plantea la solicitante lo siguiente:
Requiere autorización judicial a los fines de viajar a Aruba, en el período comprendido entre el 30/04/2009 hasta el 03/05/2009.
Acompañó la accionante al escrito de solicitud de Autorización, los siguientes recaudos:
Copia certificada de la partida de nacimiento de los niños de autos.
TITULO SEGUNDO
Ahora bien, vistas y revisadas suficientemente las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Sala de Juicio observa:
Que la madre peticiona autorización para viajar en compañía de sus hijos a Aruba, en el período comprendido entre el 30/04/2009 hasta el 03/05/2009; en tal sentido y por cuanto la fecha de viaje pautada, ya feneció esta Sala de Juicio N° XVI, ordena el cierre y archivo del expediente en el estado en que se encuentra. Y así se decide.
TITULO TERCERO
Por todos los razonamientos antes expuestos y en mérito de las anteriores consideraciones, esta SALA DE JUICIO, a cargo del JUEZ UNIPERSONAL N° XVI DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDA, la solicitud de Autorización Judicial para Viajar, interpuesta por la ciudadana CAROLYN GARCIA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 11.305.625, en virtud que feneció la fecha pautada para el referido viaje. En consecuencia, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto, una vez se encuentre definitivamente firme el presente fallo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Sala de Juicio Nro XVI. En Caracas, a los Seis (06) días del mes de Julio del año Dos Mil Diez (2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. Willian Páez Jiménez.
LA SECRETARIA,

Abg. Milagros Nathali Silva.
En la presente fecha y previo anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose copia certificada en el copiador de sentencia llevado por ésta Sala de Juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA,

Abg. Milagros Nathali Silva.

WPJ/MNS/Shirley.
Asunto Nº AP51-S-2009-006098
Autorización Judicial para Viajar.