REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO OCTAVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SOLICITANTE: AURA ROSA MORA DE JASPE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad N° V-2.026.232, debidamente asistida por el ciudadano JOSE ALBERTO PALOMARES PINEDA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.781.-
MOTIVO DE LA SOLICITUD: INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
Recibida como fue la presente solicitud, este Tribunal a los fines de decidir, pasa a hacer las siguientes consideraciones:
PRIMERA CONSIDERACIÓN: La solicitante plantea, en términos generales lo siguiente:
1. Que en fecha 20 de julio de 1.978, dio a luz a sus dos hijos gemelos que llevan por nombre SOL ARMONIA y ANGEL EUSTOQUIO SIMON;
2. Que a pesar de haber recibido en la maternidad el certificado de nacimiento, nunca procedió a presentar a sus hijos por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia, y posteriormente, perdió los documentos motivado a que su hogar fue inundado;
3. Que posteriormente, su hija mayor solicitó fotocopia certificada del certificado de nacimiento a la maternidad, a los fines de poder presentarlos por ante la Autoridad Civil, pero el abogado que la estaba asistiendo, gestionó únicamente la de SOL ARMONIA, dejando por fuera a ANGEL EUSTOQUIO SIMON, por cuanto no disponían de recursos económicos para cubrir los honorarios profesionales.
4. Que, en virtud de lo expuesto, solicita la inserción de su Partida de Nacimiento.
Acompañó a los autos, entre otros:
1º) Tarjeta de Nacimiento, expedido por la Dirección de Salud del Servicio de Estadística y Archivo de la Maternidad Santa Ana.-
2º) Acta de la entrega de la tarjeta de nacimiento de la Maternidad Santa Ana, de fecha 13-04-2009.-
3º) Fotocopia de la cédula de identidad de los padres, ciudadanos EUSTOQUIO GENARO JASPE SOLORZANO (fallecido) y AURA ROSA MORA DE JASPE.-
4°) Original del acta de defunción del ciudadano EUSTOQUIO GENARO JASPE SOLORZANO.
5°) copia certificada de la sentencia de dictada por el Juzgado 2° de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en fecha 08-05-2006, del procedimiento de Inserción de Acta de nacimiento de la ciudadana SOL ARMONIA JASPE MORA, hermana gemela del ciudadano ANGEL EUSTOQUIO SIMON.
Ante esa solicitud, el Tribunal en fecha 20-07-2009, por cuanto observó que el numero de la tarjeta de nacimiento no coincide con el numero que aparece en el acta de entrega, por lo que se procedió a librar el respectivo oficio a la Maternidad Santa Ana, a los fines de esclarecer la observación. Ahora bien, recibido como ha sido la copia certificada del libro de Sala de Parto, y verificada como fue la información requerida por este Juzgado, se admitió la presente solicitud en fecha 08 de diciembre de 2009, de acuerdo a lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose la publicación de un edicto a las personas que pudieren tener interés o ver afectados sus derechos, formalidad ésta que fue debidamente cumplida. Asimismo, se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público, quien fue notificado en fecha 14/01/2010; y se ofició a la dirección de dactiloscopia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, a fin de que se sirva practicar una experticia dactiloscópica, al ciudadano ANGEL EUSTOQUIO SIMON JASPE MORA, siendo recibidas las resultas del referido cotejo en fecha 03 de junio de 2010.-
SEGUNDA CONSIDERACIÓN: publicado el cartel de emplazamiento el 23 de diciembre de 2009 en el Diario Ultimas Noticias, y habiendo transcurrido el lapso establecido, para la comparecencia de aquellas personas que pudieran tener interés en la presente solicitud, a fin de manifestar su objeción o no al presente procedimiento, sin que compareciera persona alguna. Notificada a la Dra. ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, en su carácter de Fiscal Centésima Octava del Ministerio Publico de la circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quien no hizo objeción alguna al procedimiento.
Remitidas las resultas del Peritaje N° 38 y 38-A de la División de lofoscopia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, mediante la cual informan; “comparada como fueron las impresiones digitales en cuestión resultaron coincidir en todos y cada unos de sus puntos característicos, por lo que hemos determinado que corresponden a una misma persona”.
Se han cumplido los extremos del procedimiento de Inserción de Partida de Nacimiento establecido en el artículo 769 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECLARA.-
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana AURA ROSA MORA DE JASPE. En consecuencia, téngase la presente Sentencia como Partida de Nacimiento e inscríbase en los Libros de Nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, que el ciudadano: ANGEL EUSTOQUIO SIMON, de sexo masculino, quien nació en Caracas, el 20 de julio de 1978, gemelo con SOL ARMONIA, en la maternidad Santa Ana, del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, de la Parroquia San José del Distrito Federal; que es hijo de los ciudadanos EUSTOQUIO GENARO JASPE SOLORZANO (fallecido) y AURA ROSA MORA DE JASPE, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-2.026.232 y V-1.883.189, respectivamente.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada de la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los 08 de julio de 2010.
EL JUEZTITULAR.,
ABG. LUIS ALBERTO PETIT GUERRA.-
LA SECRETARIA
FABIOLA DOMINGUEZ
En la misma fecha siendo las 2:00 p.m., se publicó, y registró la anterior sentencia. Quedo anotado en el asiento del libro diario bajo el N° 59.-
LA SECRETARIA
FABIOLA DOMINGUEZ
LAPG/FD/kv,8
Exp. No. AP31-F-2009-000358
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