REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Veintidós (22) de Julio de Dos Mil Diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP31-F-2010-002339
Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS presentada por los ciudadanos CLEMENTINA YANES AZPÚRUA y OSCAR RAMON PIERRE ALVAREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.561.451 y 5.962.573 respectivamente, debidamente asistidos la primera por las abogadas MARIA CRISTINA PARRA DE ROJAS y PATRICIA PARRA DE LOPEZ; y el segundo representado por los abogados JOSE GREGORIO ROJAS PARRA y RITA LUGO SALAZAR, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 11.632, 55.870, 112.393 y 73.348, respectivamente, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos CLEMENTINA YANES AZPÚRUA y OSCAR RAMON PIERRE ALVAREZ, antes identificados, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 189 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena expedir por Secretaria las copias certificadas del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previa consignación de los fotostatos necesarios. Cúmplase.-
EL JUEZ
NELSON GUTIERREZ CORNEJO
LA SECRETARIA
ERICA CENTANNI SALVATORE
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