REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, al 1° día del mes de Julio del año dos mil Diez (2.010).
Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
Promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara a favor de la ciudadana MONTAÑO MARIA DEL VALLE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-2.302.138, respectivamente, HEREDERA ÚNICA y UNIVERSAL DEL DE CUJUS MONTAÑO ARMANDO NECTALIS, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-6.348.355. Expídanse por Secretaría copias certificadas de la presente solicitud, y devuélvanse las presentes actuaciones en original junto con las copias certificadas a los solicitantes a los fines de ley. Cúmplase.
|