REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta de Julio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: AP31-F-2010-002300
Vista la solicitud de Partición Amistosa presentada en fecha 09 de Julio de 2010, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por los abogados FABRIZIO SCIARRA D´ELIA y LEONOR ALGARA de FERICELLI, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 59.634 y 125.793, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos CANDIDA TABOAS de RUIZ DE AZUA y PEDRO GREGORIO JACINTO RUIZ DE AZUA LANDALUCE, de nacionalidad española la primera y venezolano el segundo, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. E-976.908 y V-3.408.653, respectivamente, por medio de la cual solicitan la homologación de la partición amistosa, este Tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa:
Conoce este Juzgado del escrito de PARTICION Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE COMUNIDAD CONYUGAL y sus recaudos presentados por los precitados apoderados judiciales en representación de los ciudadanos CANDIDA TABOAS de RUIZ DE AZUA y PEDRO GREGORIO JACINTO RUIZ DE AZUA LANDALUCE, supra identificados y visto que ambas partes acordaron por la vía AMISTOSA en todas y cada una de las partes la presente PARTICION Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, en los siguientes términos:
Corresponderán de forma exclusiva a la ciudadana CANDIDA TABOAS de RUIZ DE AZUA los siguientes bienes:
1) Un inmueble constituido por un Local Comercial, distinguido con el Nº B-9, Planta Baja del Centro Comercial Galerías Capitolio ubicado en la Av. Baralt, Calle Sur-6, entre las esquinas de Pedrera y La Gorda, en jurisdicción de la Parroquia Catedral, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, con una Superficie de: TRES METROS CUADRADOS (3,00 MTS2) distribuidos en una sola planta cuadrada, ubicado en la Planta Baja del Centro Comercial Galerías Capitolio, cuyos linderos y demás determinaciones son las siguientes: NORTE: pasillo de circulación; SUR: local comercial PB-C-9; ESTE: Con local comercial PB-B-8 y OESTE: local comercial PB-B-10. El valor referencial de este bien es la suma de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (BS. 120.0000,00).- Dicho inmueble se encuentra protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 07 de Julio de 2000, bajo el Nº 5, Tomo 2, Protocolo Primero.-
2) Un vehículo Marca HYUNDAI, Modelo TUCSON/GL 2.0l 4WD A/T, Año 2.008, Color Negro, Clase Camioneta, Tipo: Sport-Wagon, Uso Particular, Placas: AA452UA, según consta del certificado de registro de vehículo con Nº 26947259, emanado del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre del Ministerio de Infraestructura.- El valor referencial de este bien es la suma de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (BS. 120.0000,00).-
3) Un Inmueble, constituido por una parcela de terreno situada dentro del Cementerio del Este, identificada con la letra E, de la Sección 4-2 A, del Módulo 4 de la Subsección III del Cementerio del Este, Situado en La Guairita, Municipio El Hatillo del Estado Miranda, correspondiéndole nomenclatura del Catastro bajo la denominación 311-13-4-3-5, con una superficie de DOS METROS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS (2,45 MTS) y sus linderos son: NORTE: Parcela A Módulo 4 Subsección III; SUR: Zona Verde; ESTE: Parcela F Módulo 4 Subsección III y OESTE: Parcela H Módulo 4 Subsección IV. El valor referencial de este bien es la suma de CNCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (BS. 5.500,00).- Dicho inmueble se encuentra notariado por ante la Notaría Pública Vigésima del Municipio Autónomo Baruta del Estado Miranda, El Cafetal, según documento de fecha 10 de Agosto de 1993, bajo el Nº 04 del Tomo 75.-
4) Un Inmueble, constituido por una parcela de terreno situada dentro del Cementerio del Este, identificada con la letra F, de la Sección 4-2 A, del Módulo 4 de la Subsección III del Cementerio del Este, Situado en La Guairita, Municipio El Hatillo del Estado Miranda, correspondiéndole nomenclatura del Catastro bajo denominación 311-13-4-3-6, con una superficie de DOS METROS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS (2,45 MTS) y sus linderos son: NORTE: Parcela B Módulo 4 Subsección III; SUR: Zona Verde; ESTE: Parcela G Módulo 4 Subsección III y OESTE: Parcela E Módulo 4 Subsección III. El valor referencial de este bien es la suma de CNCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (BS. 5.500,00).- Dicho inmueble se encuentra notariado por ante la Notaría Pública Vigésima del Municipio Autónomo Baruta del Estado Miranda, El Cafetal, según documento de fecha 10 de Agosto de 1993, bajo el Nº 04 del Tomo 75.-
5) El inmueble constituido por un (1) apartamento destinado a vivienda que forma parte del Edificio bajo régimen de Propiedad Horizontal, denominado RESIDENCIAS GIAMARCA, ubicado en la Urbanización la Paz, en Jurisdicción de la Parroquia La Vega Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, en la quinta (5°) planta del edificio, tiene un área aproximada de CIENTO VEINTITRES METROS CUADRADOS (123 MTS2); está integrado por hall de entrada.- Salón comedor con balcón.- Tres (3) dormitorios con sus respectivos closets, dos (2) baños, uno (1) con Bañera, cocina lavandero cuarto de baño y servicio, siendo sus linderos y medidas siguientes: NORTE: Con la fachada norte del edificio; SUR: Con la fachada Sur del Edificio, pasillo o vestíbulo de la quinta (5°) planta; ESTE: Con el apartamento número cincuenta y tres (53) y OESTE: con la fachada oeste del edificio.- Le corresponde un puesto descubierto para estacionar un solo vehículo con un área de TRECE METROS CUADRADOS (13 MTS2), situado en la planta baja del edificio, distinguido con el mismo número del apartamento.- Dicho inmueble se encuentra registrado por ante la Oficina Subalterna del Tercer Circuito del Municipio Libertador, bajo el Nº 20, folio del 185 vto. al 171, Tomo 15, Protocolo Primero, de fecha 24 de Abril de 1.974.- El valor referencial de este inmueble es por la suma de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (BS. 850.000,00).-
6) El inmueble constituido por un (1) apartamento, que forma parte de un edificio situado en Ponteareas, (Pontevedra) Galicia-España, en la Calle Perillana, número 3, departamento destinado a vivienda, señalado con la letra “C”, situado en la planta cuarta de la edificación, con acceso por el portal letra “A” de la misma, a través de los ascensores y la caja de escaleras. Se distribuye con vestíbulo, Salón-Comedor, Balcón, Cocina, distribuidor, baño, tres dormitorios, aseo y lavadero. Tiene una superficie útil de SETENTA Y CUATRO METROS CON CUARENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS (74,48 MTS2) y construida de OCHENTA Y SEIS METROS Y CUARENTA Y CINCO CENTÍMETROS (86,45 MTS2). LINDEROS mirando la vivienda por donde se accede a ella: FRENTE, pasillo de acceso, hueco de ascensor y vivienda Letra “D” de su planta y portal; FONDO, vuelo sobre carretera a Salvaterra y patio de luces; DERECHA, hueco de ascensor, patio de luces y vivienda letra “A” de su planta y portal e IZQUIERDA, vivienda letra “D” de su planta y portal y vuelo sobre camino a la fuente del Baratillo. ANEXOS tiene como anexos una plaza de garaje y un trastero en el sótano del inmueble, a saber: la plaza de garaje número 7, situado en el sótano 2 y el trastero número 9, situado en el sótano 2. CUOTA DE PARTICPACIÓN: Tiene en el valor total del inmueble una cuota de participación en los elementos comunes, benéficos y cargas de NOVENTA Y SEIS CENTESIMAS SOBRE CIEN (0,96%) y dentro del bloque/ portal al que pertenece, una cuota de participación en los elementos comunes, beneficios y cargas de CUATRO ENTEROS Y TREINTA CENTESIMAS SOBRE CIEN (4.30%). Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Ponteareas, al Tomo 1300, Libro 404, folio 202, Finca 40.142, inscripción 1°. El valor referencial de este inmueble es por la suma de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 600.000,00).-
7) El inmueble constituido por un (1) apartamento, que forma parte de un edificio situado en Ponteareas, (Pontevedra) Galicia-España, con frente a las calles Luís Aguilar, Calle Salvatierra y calle de la Villa, departamento destinado a vivienda, señalado con la letra “I”, situado en la planta segunda de la edificación, con acceso por el portal número Tres (3) en el chaflán entre las calles Luís Aguilar y Calle de la Villa. Se distribuye con Salón, cocina, dos baños, cuatro dormitorios y lavadero. Tiene una superficie útil se OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS (81,00 MTS2). Linderos. DERECHA, entrando, chaflán entre las calles Luís Aguilar y Calle de la Villa y vivienda letra “H” de la misma planta y portal; IZQUIERDA, patio de luces y vivienda letra “F”, de la misma planta con acceso por el portal cuatro; FONDO, Calle de la Villa; FRENTE, patio de luces, hueco de escaleras, ascensor, vivienda letra “H” de la misma planta y portal y rellano de acceso. CUOTA DE PARTICPACIÓN: en relación al valor total del edificio en elementos comunes y gastos de SETENTA Y DOS CENTESIMAS SOBRE CIEN (0,72%). Tiene como anexo una plaza de garaje número TREINTA Y CUATRO (34) en el sótano primero. La superficie útil por plaza de garaje, incluyendo en ésta la demarcación y zona de rodadura es de VEINTISÉIS METROS CUADRADOS (26 MTS2) aproximadamente. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Ponteareas, al Tomo 990, Libro 266, folio 108, Finca 29.930, inscripción 4°. El valor referencial de este inmueble es por la suma de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 600.000,00), de los cuales faltan por pagar DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 200.000,00) deuda que se compromete a terminar de pagar la ciudadana CANDIDA TABOAS DE RUIZ DE AZUA, identificada en autos.-
Igualmente que corresponderán en forma exclusiva al ciudadano PEDRO GREGORIO RUIZ DE AZUA LANDALUCE los siguientes bienes:
1) UN MIL TREINTA Y UNA (1031) ACCIONES NOMINATIVAS (1031) de la Sociedad Mercantil CORRETAJE DE SEGUROS PRISMA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 62 del Tomo 53-A Sgdo.; de fecha 1 de Marzo de 1988, Expediente Nº 240954. El valor referencial de este bien es la suma de UN MIL TREINTA Y UN BOLÍVARES (BS. 1.031,00).-
2) TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES (3.733) ACCIONES NOMINATIVAS de la Sociedad Mercantil RESETEC, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 56 del Tomo 3-A; de fecha 13 de Febrero de 1975. El valor referencial de este bien es la suma de SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS (BS. 6.774,39).-
En este orden de ideas, este Tribunal de la revisión de los recaudos consignados y por cuanto la misma no es contraria al orden público, se le imparte su debida HOMOLOGACIÓN en los términos anteriormente expuestos.-
Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.-
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, adscrito al Circuito Judicial de los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los Cortijos de Lourdes a los treinta (30) días del mes de Julio del año dos mil diez (2010).- Años 200º de la Federación y 151º de la Federación.-
El Juez,
Abg. Víctor Martín Díaz Salas.-
El Secretario Accidental,
Pedro Miguel Salazar.-
En esta misma fecha 30 de Julio de 2010, siendo las 9:11 a.m., se dictó y publicó la anterior sentencia previa las formalidades de Ley.- Conste.-
El Secretario Accidental,
Pedro Miguel Salazar.-
VMDS/pms
EXP. Nº AP31-F-2010-002300
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