REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 12 de julio de 2010
200º y 151º

PARTE OFERIDA: JOSE LUIS TORRES SAN PEDRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.676.545.-

APODERADO DE LA PARTE OFERIDA: Se encuentra asistido por MAIR ALMALEH, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.067.-

PARTE OFERENTE: BANESCO BANCO UNIVERSAL
APODERADO DE LA PARTE OFERENTE: GERARDO HENRIQUEZ CARABAÑO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.225.-

MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

ANTECEDENTES
Se recibió el presente expediente por distribución, en fecha 6 de julio de 2008, comparecieron a la sede de este circuito judicial el ciudadano GERARDO HENRIQUEZ CARABAÑO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.225, en su carácter de apoderado judicial de la empresa oferente BANESCO BANCO UNIVERSAL y el ciudadano JOSE LUIS TORRES SAN PEDRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.676.545, debidamente asistido por el abogado MAIR ALMALEH, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.067, y celebraron transacción, mediante la cual de mutuo acuerdo y como arreglo definitivo de los derechos laborales que le corresponden al trabajador , la empresa oferente le entrega a la parte actora la suma de 44.885,16 bolívares, y la actora recibe dicho monto, manifestando no tener mas nada que reclamar, por lo que ambas partes solicitan la homologación de la presente transacción.-
MOTIVACION PARA DECIDIR
Este Tribunal visto el acuerdo suscrito por ambas partes al respecto observa: que el mismo consta por escrito; y que contiene la relación circunstanciada de los hechos que la motivaron así como de los derechos que en ella se comprenden; por lo cual le imparte su Homologación en todas y cada una de sus partes y en los mismos términos expuestos.-
PARTE DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Trigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN suscrita entre el ciudadano JOSE LUIS TORRES SAN PEDRO y la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL.- Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Trigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. A los doce días del mes de julio de dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZA

GLORIA GARCÍA GUZMÁN
LA SECRETARIA

CARLA OREJARENA
En el mismo día de hoy, previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA

CARLA OREJARENA