REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES

JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- San Juan de los Morros, Veinte (20) de Julio de 2010.-

200° Y 151°

Vista la diligencia de fecha 20-07-2010, presentada por el abogado FRANCISCO JOSE GARCIA SIVOLI, parte accionante en amparo, mediante la cual DESISTE FORMALMENTE DE LA ACCIÓN DE AMPARO y visto igualmente que en fecha 19-07-2010, el abogado Miguel Riani apoderado judicial del ciudadano Gerardo Ramón Hurtado Peña, consigno copias certificadas de la transacción judicial celebrada entre las partes en fecha 25-01-2010, en el juicio principal de Desalojo con su respectiva sentencia de homologación de transacción de fecha 27-01-2010, esta Alzada observa que la misma no es contraria al orden público ni a ninguna disposición expresa de la ley por lo cual, se homologa la misma, déjese transcurrir el lapso para que las partes ejerzan el recurso respectivo y así se establece.

El Juez Titular.

Dr. Guillermo Blanco Vázquez.

El Secretario Temporal

T.S.U. Wilmer Contreras.

En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.

El Secretario Temporal

GBV/es.-