REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL. EXTENSIÓN CALABOZO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Calabozo
Calabozo, 15 de julio de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : JP11-P-2009-001411
ASUNTO : JP11-P-2009-001411



Corresponde a este Tribunal conocer y decidir la solicitud de sobreseimiento presentada por el Fiscal Segunda del Ministerio Público, quien basa su solicitud en lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal y pasa a decidir previo a las siguientes consideraciones:

Las actuaciones tuvieron su inicio en fecha 09-07-2007, en virtud de la denuncia presentada por la ciudadana MARIA FERNANDA HERNANDEZ, en el cual manifiesta que denuncia a la ciudadana NEIBIS por que fue a su casa y como le reclamo por haber atropellado a su esposo le voló encima rasguñándola en la cara y le mordió el brazo derecho y dedo de la mano..

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Señala el Ministerio Público, que revisadas y analizadas las actas que integran la investigación penal, no existen elementos suficientes que acrediten la participación de persona alguna en el hecho punible, puesto que aún cuando se ordenó el inicio de la investigación y la práctica de todas las diligencias necesarias tendientes a lograr el total esclarecimiento de los hechos con todas las circunstancias que pudieran incidir en la calificación, responsabilidad del autor y el aseguramiento de los objetos activos del delito, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, en consecuencia, la solicitud de Sobreseimiento de la Causa interpuesta por el Ministerio Público debe declararse con lugar por ajustarse a derecho, sin necesidad de convocar a las partes a una audiencia, ya que no existen elementos procesales que requieran ser debatidos o controvertidos en dicho acto procesal. Así se declara.

DISPOSITIVA

El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la solicitud presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público y Decreta el Sobreseimiento de la causa donde aparece como víctima MARIA FERNANDA HERNANDEZ, conforme a lo dispuesto en los artículos 318 ordinal 4º, 321 y 324, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese y notifíquese la presente decisión. Déjese Copia. CUMPLASE.-


El Juez de Control Nº 01

El Secretario

Abg. Ciro Orlando Araque