REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO. EXTENSIÓN CALABOZO.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio de Calabozo
Calabozo, 16 de Julio de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : JP11-P-2009-000933
ASUNTO : JP11-P-2009-000933




Celebrada como ha sido en fecha 16/07/10, Audiencia para resolver sobre los posibles recaudos y causales de inhibiciones o recusaciones de los escabinos candidatos para la Constitución del Tribunal Mixto conforme a lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, acto en el cual presentes el Fiscal (E) Quinto del Ministerio Publico, Abg. Carlos Wilfredo Hurtado, el defensor de privado de uno de los acusados Abg. William Albrey Mora; defensor de Carlos Enrique Salazar Romero, quien asistió previo traslado desde el Internado Judicial de San Fernando, Estado Apure, el imputado Félix José Bolívar Delgado, previo traslado de la Comisaría Nº 02 en donde se encuentra recluido provisionalmente, proveniente del Internado Judicial San Juan de los Morros, no están los abogados privado Armando José Méndez Arraiz ni Dulce Violeta Montezuma, tampoco esta la victima quienes estaban debidamente notificados del presente acto, así como el resto de los escabinos candidatos, siendo garantizado sus derechos por su defensor a cargo del Abg. William Mora, todo ello conforme a los artículos 49, numeral primero de la Carta Política, 12, 125,, ordinal 3º del Texto Penal Adjetivo, el Tribunal, por cuanto no comparecieron al mismo los ciudadanos escabinos candidatos suficientes para lograr la constitución del Tribunal Mixto; y al verificarse el número de convocatorias se pudo constatar que han sido dos (02) oportunidades en las cuales se han realizado sorteos extraordinarios para la elección de escabinos; sin que hasta la presente fecha se hubiere podido constituir el Tribunal debido a la incomparecencia de los ciudadanos escogidos por Sorteo.
Es por lo que el Tribunal dando aplicación a Decisión Nº 3744 de fecha 22 de Diciembre de 2003, ratificada por decisión Nº 2598 fecha 16 de Noviembre de 2004; emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de que en la presente causa, se ha convocado en mas de dos (02) oportunidades el acto de Constitución de Tribunal Mixto; sin que hubiere podido constituirse el mismo; se procede a prescindir de los escabinos constituyéndose el Tribunal de forma Unipersonal; y a solicitud de las partes, conforme a la ya mencionadas sentencias y el reformado articulo 164, segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, procediéndose a fijar la celebración del Juicio Oral y Público para el día 06 de Agosto de 2010, a las 90:00 horas de la mañana. Las partes quedaron notificadas de la presente decisión en audiencia de fecha 16-07-2010. Notifíquese a los Abogados Armando José Méndez Arraiaz, codefensor de Carlos Enrique Salazar Romero, a Dulce Violeta Montezuma, defensora de feliz José Bolívar Delgado, cítese a la victima, a todos los medios de pruebas ofertados por las partes y admitidos en la respectiva audiencia preliminar de la fijación de la fecha para el Juicio Oral y Público. Solicítese el traslado de los acusados desde los diferentes Internados Judiciales “Los Pinos” del Estado Guarico y el de San Fernando del Estado Apure. Cúmplase.-

El Juez Primero de Juicio (T)

La Secretaria

Abg. Castor José Villarroel Piña
Abg. Mirla Carolina Motta Crespo