REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LEONARDO INFANTE, LAS MERCEDES Y CHAGUARAMAS


Vista la solicitud que antecede, asignada a este Despacho por distribución, suscrita por el ciudadano: JUAN GABRIEL LUGO REA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 12.569.550, y de este domicilio, asistido por la abogada en ejercicio CLENDY TELLO, I.P.S.A. 86.936; désele entrada en el libro respectivo y este Tribunal se declara incompetente por el territorio para llevar a cabo la inspección judicial solicitada y ordena la devolución de la misma a la parte interesada.
La Juez,

Dra. Mirvia Piñango de Martínez.-

La Secretaria Temporal,


Maite Machado R.