REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JU
DICIAL DEL ESTADO GUARICO.-
Tucupido, 12 de Julio de 2.010
200° Y 151°

Visto el Convenimiento de Pago celebrado ante este Despacho en fecha Siete (07) de Julio de 2.010, en el Expediente Nº 1.011-10, entre los ciudadanos: RABIE BELISARIO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-18.834.742, asistido por la Abogada en ejercicio Lizmar Carolina Arvelaíz, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 94.154 y la ciudadana: ERAIDA CAMPOS, abogada en ejercicio inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 42.100, Apoderada Judicial de la parte actora, ciudadano: MICHELANGELO DE PINTO LO BOSSO, en consecuencia, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, lo dá por consumado e imparte su Homologación en los términos expuestos.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño
La Secretaria;

Abg. Yennifer Carolina Gutiérrez Graterol.

Exp. Nº 1.011-10
VRVB/Yennifer.-.