REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO

En el día de hoy, ocho (08) de Julio del año 2010, siendo las 09:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para proceder con la práctica de la MEDIDA DE EJECUCIÓN FORZOSA, decretada por el Juzgado Primero de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 11 de Junio de 2010, con motivo del juicio que por Desalojo sigue el Ciudadano: IBRAHIN OSWALDO DOMINGUEZ MEDINA, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.840.060, en contra de la Ciudadana: OLIVIA MEJIAS, Titular de la Cédula de Identidad N° 7.048.678. Se trasladó y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en compañía del ABG. ANGEL ORASMA GARBI, Inpreabogado N° 49.964, en su carácter de Apoderado Judicial de la Parte Actora; encontrándonos ubicados en la siguiente dirección: Urbanización Los Laureles, Primera Transversal, Vereda 1, Edificio D y D, Piso N° 2, Apartamento N° 06, de esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico. Una vez presentes en el lugar se realizaron los toques de ley, no siendo atendidos por persona alguna, en tal razón se procedió a designar como Cerrajero al ciudadano: Humberto Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.116.708, a quien el Tribunal le indica que proceda a abrir la puerta principal del inmueble. El Tribunal deja constancia que el Apartamento se encontraba totalmente desocupado, libre de bienes y personas. En este estado solicita el derecho de palabra al Abogado Ejecutante, quien expone: “Solicito a este Tribunal se sirva hacerme la entrega formal del inmueble donde se encuentra constituido, y con relación a la Medida Ejecutiva de Embargo, solicito se mantenga la presente Comisión en los Archivos hasta tanto ubique los bienes propiedad de la parte ejecutada. Es todo”. En este estado, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. HACE ENTREGA FORMAL del inmueble ubicado en la Urbanización Los Laureles, Primera Transversal, Vereda 1, Edificio D y D, Piso N° 2, Apartamento N° 06, de esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, al Ciudadano ABG. ANGEL ORASMA GARBI, antes identificado, quien lo recibe conforme totalmente desocupado, libre de bienes y personas; y se acuerda mantener la presente Comisión en el Archivo de este Juzgado a los fines legales consiguientes. Es todo. Terminó. Se leyó y conformen firman. LA JUEZ (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDANTE (Fdo Ilegible) ABG. ANGEL DANIEL ORASMA G.; EL CERRAJERO (Fdo Iletgible) HUMBERTO RODRIGUEZ Y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. THERANYEL ACOSTA MUJICA.-