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PARTE DEMANDANTE: ANTONIO JOSE HIGUERA, titular de la cédula de Identidad número V.-18.643.977
 
 ABOGADA ASISTENTE  DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
 
 PARTE DEMANDADA: HECTOR JOSE MORALES DURAN, titular de la Cedula de identidad Nº 12.637.843
 
 APODERADO  JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado JULIO SWEINFELD inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.292
 
 
 En  el  día  de  hoy  jueves (10) de junio de  dos mil diez  (2.010), siendo las once de la mañana (11:00 a.m .), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de  la  AUDIENCIA PRELIMINAR  en el asunto, se deja constancia de la no comparecencia de la  PARTE ACTORA ni por si ni por medio de apoderado alguno; no así la PARTE DEMANDADA quien lo hace a través del ciudadano NESTOR JOSE MORALES DURAN, titular de la Cedula de identidad Nº 12.637.843  debidamente asistido por el abogado JULIO SWEINFELD inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.292 ; así las cosas  de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo  de  la  Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
 
 LA JUEZA
 
 
 GLANES BORGES ROMERO
 
 
 
 EL DEMANDADO Y SU ABOGADO ASISTENTE
 
 
 
 
 
 EL SECRETARIO,
 
 
 JUAN MANUEL MARCANO
 
 
 
 
 N° DE EXPEDIENTE:JP51-L-2010-000202
 
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