ASUNTO: JP51-L-2009-000484
PARTE ACTORA: JUANITA VARGAS DE RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, fecha de nacimiento: 28-05-1.933, y titular de la cédula de Identidad número V.-2.389.007.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: la profesional del derecho, ciudadana ERAIDA MIREYA CAMPOS HERNÁNDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-13.513.558 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 42.100, en su carácter de apoderada judicial, representación que se observa de documento poder apud acta incorporado desde el folio 11 al 12 de las actuaciones, con domicilio procesal en la calle Miranda, número 38, Quinta Mis Delicias, frente a la Plaza El Sol, Tucupido, estado Guárico, teléfonos 0416-247.14.27 y 0414-392.81.57.
PARTE DEMANDADA: ciudadano MANUEL RAMÓN SEIJAS GARCÍA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-8.555.821, con domicilio en la avenida siglo XX, sector saco III, frente a la Escuela simoncito y el aeropuerto, vía San Rafael de Laya, municipio José Félix Ribas del Estado Guárico.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: el profesional del derecho, ciudadano ALEJANDRO JOSÉ CEDEÑO MATOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-10.982.480 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 39.877,
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy martes veintinueve (29) de junio de dos mil diez (2.010), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto. Se deja constancia que se encuentra presente por la PARTE DEMANDADA, el profesional del derecho, ciudadano ALEJANDRO JOSÉ CEDEÑO MATOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-10.982.480 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 39.877, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MANU EL RAMÓN SEIJAS GARCÍA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-8.555.821, con domicilio en la avenida siglo XX, sector saco III, frente a la Escuela Simoncito y el aeropuerto, vía San Rafael de Laya, Municipio José Félix Ribas del Estado Guárico, teléfono 0414-335.00.25. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia Preliminar de la PARTE ACTORA, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, no obstante, luego de que el ciudadano Juez declaró abierto el acto e inicio el mismo, al revisar las actas que conforman el expediente y de identificadas las partes, se observa que la ciudadana JUANITA VARGAS DE RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, fecha de nacimiento: 28-05-1.933, y titular de la cédula de Identidad número V.-2.389.007, ha decidido voluntariamente no seguir, por falta de interés procesal o por cualquier otro motivo, con el presente proceso, lo que no perjudica ni limita sus derechos laborales de los que son titular, aunado a la circunstancia que no hay un pronunciamiento jurisdiccional definitivamente firme que por efecto de la cosa juzgada impida ni limite ejercer nuevamente su derecho de acción, toda vez que lo que se extingue es el proceso más no se resuelve el fondo de sus pretensiones laborales y en tal sentido el asistente no objeta lo previsto en la Ley para estos casos, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordenó la devolución en este momento de los escritos de pruebas. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ


CRISTIAN OMAR FELIZ


COAPODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA


MICBE BASTIDAS SANTAELLA