REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Guárico. Extensión Calabozo
Calabozo, cuatro de junio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: JP61-L-2010-000054


Visto que en fecha veintisiete (27) de mayo de dos mil diez (2010), se dictó sentencia en la cual se declaro Con Lugar la acción intentada en el presente juicio, incoado por el ciudadano JORGE CLARET CENTENO contra la empresa IMPREGELC.A.

Visto que transcurrieron los cinco (5) días de despacho para que las partes ejercieran su recurso de apelación, siendo estos los siguientes: 28 y 31 del mes de mayo de 2010, así como los días 01, 02 y 03 de junio de 2010.

Es por lo que este Tribunal declara que ha quedado definitivamente firme la sentencia de fecha 27 de mayo del 2010. Cúmplase.-
EL JUEZ,

ABG. DANIEL ALEJANDRO CERERO

LA SECRETARIA,


ABG. EINAR CORDOBA GALICIA









DAC/Einar*
Hora de Emisión: 12:02 PM