REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 18 de Junio de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AH11-F-2008-000007
PARTES: JESSICA ALEXANDRA BAPTISTA y FERNANDO JOSÉ RAFAEL PINTO ORTEGA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.675.582 y 13.463.831, respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: Elizabeth Velandia, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 100.070
MOTIVO: Separación de Cuerpos y Bienes.-

Por auto de fecha 20 de junio de 2008, este Juzgado, decretó la Separación de Cuerpos y Bienes de los ciudadanos JESSICA ALEXANDRA BAPTISTA y FERNANDO JOSÉ RAFAEL PINTO ORTEGA; identificados al inicio del presente fallo, conforme éstos lo solicitaron en escrito presentado en fecha 12 de mayo de 2008, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 del Código Civil.
Transcurrido el lapso establecido en el primer aparte del artículo 185 del Código Civil, compareció la ciudadana Jessica Alexandra Baptista, titular de la cédula de identidad N° 16.675.582, debidamente asistida por la abogada Elizabeth Velandia, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 100.070, quien solicitó la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes decretada en fecha 20 de junio de 2008.
Mediante auto de fecha 13 de julio de 2009, se ordenó la notificación del ciudadano Fernando José Pinto Ortega, librándose la respectiva boleta en la referida fecha, haciéndose efectiva la misma el día 07 de diciembre de 2009, tal y como consta de la declaración suscrita por el alguacil de este Tribunal, la cual corre inserta al folio 12 del presente asunto, quien no compareció en el lapso establecido para ello, solicitando la ciudadana Jessica Alexandra Baptista antes identificada, se dicte sentencia en el presente juicio.
Así las cosas, este Tribunal después de hacer una cuidadosa revisión de las actas que conforman el presente procedimiento, constata que ha transcurrido más de un año de haberse declarado la Separación de Cuerpos y Bienes sin que conste en autos que haya ocurrido en dicho lapso la reconciliación de los cónyuges y siendo éstos los supuestos previstos en el primer aparte del articulo 185 del Código Civil, considera procedente la Conversión en Divorcio de la expresada Separación de Cuerpos y Bienes. - Así se declara.-
Por las razones antes señaladas y sus fundamentos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Con Lugar la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio, formulada por la ciudadana JESSICA ALEXANDRA BAPTISTA. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que la une con el ciudadano FERNANDO JOSÉ RAFAEL PINTO ORTEGA, contraído por ellos en fecha 03 de marzo de 2006, por ante el Registrador Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda.
Regístrese, publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 18 días del mes de junio de 2010. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
La Juez
María Rosa Martínez

La Secretaria
Norka Cobis Ramírez.-
En la misma fecha de hoy, previo el anuncio de ley, se publicó y registró la anterior sentencia.
La Secretaria

Ángel