REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, a los 14 día del mes de Junio del año dos mil Diez (2.010).
Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
Promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara a favor de las ciudadanas JOSEFINA MONTES DE SANCHEZ, HENRRY ORLANDO SANCHEZ MONTES, MIGUEL EUSEBIO SANCHEZ MONTES, MYRNA ELIZABETH SANCHEZ DE CORONIL, BELKIS JOSEFINA SANCHEZ DE DELGADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédulas de identidad números V-2.950.349, V3.481.849, V-3.481.850, V-4.576.326 y V-5.072.248, respectivamente, HEREDEROS ÚNICOS y UNIVERSALES DEL DE CUJUS MIGUEL ANGEL SANCHEZ VERDU, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-38.849. Expídanse por Secretaría copias certificadas de la presente solicitud, y devuélvanse las presentes actuaciones en original junto con las copias certificadas a los solicitantes a los fines de ley. Cúmplase.
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