REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Segundo (42°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 07 de Junio de 2010
Años 200ª y 151ª
Asunto: AP21-L-2009-004584
Parte Actora: YELITZA JOSEFINA PINEDA ROJAS, Venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº 12.093.583.
Apoderada Judicial de la parte Actora: JOSETTE MAGGIE GOMEZ HENRIQUEZ, Venezolana, mayor de edad inscritos en el instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 117.564.
Parte Demandada: MERCADO DE ALIMENTOS C.A. MERCAL Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el 16 de abril de 2003, bajo el Nº 12, tomó 20-A-Cto, modificado sus estatutos parcialmente, según consta de Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionista Nº 8, inscrita en la Ofician de Registro en fecha 10 de Diciembre de 2003, anotado bajo el Nª 46, tomo 84-A, Cto y publicado en la Gaceta Oficial Nª 37.925, de fecha 27 de abril de 2004, refundido sus estatutos sociales según consta en Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionista Nº 17, inscrita an la antes mencionada oficina de Registro Mercantil en fecha 02 de marzo de 2005, bajo el N 9, tomo 15-A- cto, y publicada en Gaceta Oficial Nº 38.166 de fecha 14 de abril de 2005 y cuya ultima modificación estatutaria consta en asamblea general extraordinaria de accionista Nº 29, registrada en fecha 25 de agosto de 2008, bajo el Nº 31, tomo 93-A-cto y publicada en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nª 39.002, de fecha 26 de agosto de 2008, .
Apoderado judicial de la parte demandada: KELLYS LA ROSA, DUVRASKA PEREZ, MARIA EUGENIA VILLALOBOS PEREZ, VENIZ EMAR QUINTANA, y ALLISSON MENESES BRITO, Venezolanas, mayores de edad inscritas en el instituto de Previsión Social del abogado bajo los Nº 130.024 89.433, 97.967, 76.668 Y 118.572 respectivamente.
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales.
Visto el contenido de Acta de fecha 14 de enero de 2010 de prolongación de audiencia preliminar suscrita por la abogada THANIDE PIÑANGO, actuando en su carácter de apoderada judicial de parte demandante en el presente procedimiento, y las Abogadas ALLISSON MENESES y DUBRASKA PEREZ actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la empresa demandada, ambos plenamente identificados al inicio de la presente decisión; mediante la cual la apoderada judicial de la parte actora siguiendo instrucciones de la doctora JOSSETE GOMEZ y el DR, WILLIAMS GONZALEZ, en su condición de Procuradora del Trabajo y Procurador Jefe, desiste del presente procedimiento incoado en contra de la Sociedad Mercantil MERCADO DE ALIMENTOS C.A. MERCAL, ahora bien este Juzgado a tenor de lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil le imparte su homologación, se da por terminada la presente causa, se ordena la remisión al archivo del presente expediente, así como su cierre informático.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas, http: //caracas.tsj.gov.ve/.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas.
GILBERTO JANSEN
EL JUEZ
DANIELA GONZALEZ VELASCO
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