JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-

Tucupido, 08 de JUNIO de 2010.

200° y 151°

Recibido mediante Oficio Nª 055-10, emanado del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Josè Fèlix Ribas del Estado Guárico, recibido en este despacho en fecha 02 de Junio de 2010, el presente acuerdo conciliatorio (anexo), efectuado entre los Ciudadanos SILVIA NELIDA CORREA y RAMÒN JOSÈ DEL VALLE TOVAR, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 15.084.501y V- 13.155.204, respectivamente; en relación a la Obligación de Manutención fijada entre ellos en beneficio del niño xxxxxxxxxxxxx el Tribunal le da entrada en el Libro respectivo y su curso de Ley.- En consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, da por consumado el acuerdo conciliatorio en los términos allí establecido y le imparte su homologación.- En consecuencia se acuerda oficiar al Banco Bicentenario a los fines de aperturar cuenta de ahorro a nombre del niño: BRAULIO JOSÈ CORREA, la cual será movilizada por la Ciudadana: SILVIA NELIDA CORREA, pero siempre bajo la supervisión de esta instancia judicial, igualmente se acuerda librar boleta de noiticaciòn a la demandante, a los fines de que retire oficio y apertura cuenta de ahorro en el Banco Bicentenario, de conformidad con lo establecido en la ùltima parte del artìculo 233 del Còdigo de Procedimiento Civil.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;

Abog. Vicente Ramón Vivas Briceño.- La Secretaria;

Abog. Yennifer C., Gutièrrez G.-
En la misma fecha, hagase entrega de la boleta al Alguacil del despacho, a los fines de que pràctique la notificación.-
La Secretaria;

Abog. Yennifer C., Gutièrrez G.-

EXP. N° 1013-10.-
VRVB/YCGG/Mildred.-


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDCIIAL DEL ESTADO GUARICO.

Tucupido, 08 de JUNIO de 2010.
200° y 151°
BOLETA DE NOTIFICACION.
SE HACE SABER:
A la ciudadana: SILVIA NELIDA CORREA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.084.501, domiciliada en la Calle 3, casa 2, Sector Rivero, de esta localidad de Tucupido del Municipio José Félix Ribas del Estado Guárico. Que en el juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION (EXP. Nº 1013-10), seguido en contra, del ciudadano: RAMÒN JOSÈ DEL VALLE TOVAR, en representación de su hijo, este Tribunal por auto de esta misma fecha ordeno su notificación, a los fines de de que comparezca a retirar oficio para que apertura cuenta de ahorro a favor del menor: BRAULIO JOSÈ CORREA en el Banco Bicentenario de esta localidad, de conformidad con la última del artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.-

Dios y Federación,

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño.-
Juez Provisorio del Municipio José Félix Ribas.
CIRCUNSGUARICO.

Exp. Nº 1003-10
VRVB/YCG/mildred.