REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal XIV
Caracas, 03 de Marzo de 2010
199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2010-002737
Vista la solicitud de separarse del hogar presentada por el ciudadano ELVIS YASMIL BLANDIN MOSQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.029.599, debidamente asistida por la Abogado MARIA JOSEFINA LEON MONSALVE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.514; la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Despacho Judicial, así como participada la dirección a la que se trasladara el solicitante, esta Juez Unipersonal N° XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, sin perjuicios de terceros y sin prejuzgar el dicho de los testigos promovidos concede AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR, con sus enseres personales, al ciudadano ELVIS YASMIL BLANDIN MOSQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.029.599; a la siguiente dirección: Avenida Mérida, casa N° 27, Cortijo de Sarria; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Código Civil en concordancia con el literal “e” parágrafo cuarto del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por secretaría copia certificada y entréguese a la parte interesada a los fines de que surta sus efectos legales de conformidad con lo establecido en el articulo 111 del Código de Procedimiento Civil. Y así se establece.
LA JUEZA


ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
EL SECRETARIO


ABG. CARLOS ANDRES FONSECA


AP51-S-2010-002737
YLV/CAF/MARJORIE