AP31-F-2010-000863 Aux: 9


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, once (11) de marzo de 2010.

199º y 151º


PARTE SOLICITANTE: ciudadano FRANKLIN GUARISMA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en cagua Estado Aragua. y titular de la cédula de identidad Nº V- 13.156.206.

APODERADA JUDICIAL DEL SOLICITANTE: ciudadana TERESA DE JESUS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.356.0422, e inscrita ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 57.324.

I

Visto el anterior escrito proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil de Tribunales de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, con sede en Los Cortijos, contentivo de la pretensión de RECITIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentado por la ciudadana TERESA DE JESUS HERNANDEZ, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano FRANKLIN GUARISMA, mediante la cual solicita a este Tribunal la rectificación de su Acta de Nacimiento, encontrándose inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos de la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Departamento Libertador del Distrito Federal (hoy Municipio Libertador del Distrito Capital), bajo el Nº 783, folio Nº 142 de fecha 16 de septiembre de 1976, en razón que se incurrió en el error material al momento de plasmar su nombre, quedando como “FRANKLIM” siendo esto incorrecto, en virtud que su verdadero nombre es “FRANKLIN”, es decir, se cambia la ultima letra de su nombre “M” por “N”. El Tribunal La Admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres ó a alguna disposición expresa de la ley.
II
En vista que la solicitud presentada no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Acta de Nacimiento y probado como ha sido lo alegado por el solicitante con los documentos acompañados a la solicitud, tales como: copia certificada del Acta de Nacimiento del solicitante (expedida por la Registradora Civil Parroquial de Catedral, copia simple de la cédula de identidad del solicitante, copia fotostática del Titulo y Diploma de Ingeniero expedido por la Universidad Central de Venezuela, así como copia de Diploma de Master of Business Administration, otorgado por la Universidad de Phoenix, de todo ello constante en autos, este Juzgado acuerda tramitar la presente solicitud en forma SUMARIA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, por cuanto la presente solicitud es de mero derecho y no existiendo persona alguna que pudiera perjudicarse con la rectificación la cual consiste en colocar el nombre del solicitante “FRANKLIN” que es lo correcto, en su Acta de Nacimiento, se declara que la rectificación solicitada prospera en derecho y ASI SE DECLARA.
III
DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO solicitada por la abogada Teresa De Jesús Hernández, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano FRANKLIN GUARISMA, y en tal sentido ordena que se rectifique el error material en el Acta de Nacimiento asentada bajo el Nº 783 del folio 142, de fecha 16 de septiembre del año mil novecientos setenta y seis (1976), del Libro de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Departamento Libertador del Distrito Federal ( hoy Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital), donde se lee el nombre del solicitante como “FRANKLIM” siendo lo correcto “FRANKLIN” como real y legalmente corresponde.
Ofíciese lo conducente a los funcionarios civiles correspondientes, remitiéndoles copias certificadas de la presente decisión a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 502 Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los Once días del mes de marzo de 2010. Años: 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ.


Dr. LUIS TOMAS LEON SANDOVAL.

EL SECRETARIO,


Abg. MUNIR SOUKI U.

En la misma fecha y siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30.a.m), se publicó y registró la anterior sentencia.
EL SECRETARIO,


Abg. MUNIR SOUKI U.