ASUNTO: AP31-M-2009-000240
Se refiere el presente juicio de cobro de bolívares incoado por AGOSTINO ASDRUBAL DE MATOS, mayor de edad, de este domicilio, C.I. No.V-10.531.216 contra los ciudadanos FRANCISCO DE ABREU y JOSÉ VASCO SANTOS SIMONES, mayores de edad, de este domicilio C.I. Nos. E-81.270.840 y E-81.959.007 respectivamente, donde se celebró la audiencia preliminar, el día 4 de marzo de 20010, correspondiendo ahora, en este auto, fijar los hechos, de acuerdo con el art. 868 del Código de Procedimiento Civil, Lo cual hacemos en los siguientes términos:
El tema a debatir se referirá a la existencia de la deuda cambiaria reclamada por la parte actora; y por lo que se refiere a los demandados, representados por el defensor ad litem, Dr. Rafael Sarmiento, los temas serían la prescripción trienal de las letras de cambio, y el pago de dichas cambiales.
Queda abierto el lapso probatorio.
El Juez
JOSE EMILIO CARTAÑÁ ISACH
La Secretaria
IVONNE CONTRERAS.