REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
EL JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Se refiere esta solicitud presentada por la ciudadana CLAUDINA CASTRO DE TABOADA, Española, mayor de edad de este domicilio y titular de la cedula de identidad N°. E-673.203 debidamente asistida por el Abogada RITA PEREZ PINTO, e inscrita en el instituto de previsión del Abogado bajo el N° 111.336, a que se declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus, CASTOR TABOADA NOVOA quien falleció el día 21/08/2008, de 76 años de edad, según acta de Defunción Nº 758, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Bernardino, del Municipio Libertador del Distrito Capital.
De igual forma se oyeron las deposiciones de los ciudadanos GABRIEL CARCERIERI MONASTERIOS y NELLY TRINA MONASTERIO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.377.688 y V-6.015.618, respectivamente, quienes afirmaron haber conocido al De Cujus CASTOR TABOADA NOVOA, y que los ciudadanos CLAUDINA CASTRO DE TABOADA, MARIA TERESA TABOADA DE LOPEZ Y JORGE ALEJANDRO TABOADA CASTRO, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad N°. E-673.203, V-5.593.221, y V-11.225.394, son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Concatenando la Probanzas acompañadas por la solicitante como es la Acta de Defunción, Planilla Única Bancaria, Copia de la Partida de Matrimonio y copias de las cédulas de identidad del De Cujus CASTRO TABOADA NOVOA y los ciudadanos CLAUDINA CASTRO DE TABOADA, MARIA TERESA TABOADA DE LOPEZ y JORGE ALEJANDRO TABOADA CASTRO, acompañando todo lo antes descrito con los dichos de los testigos concordantes entre sí, resulta forzoso para este Tribunal concluir a tenor de lo dispuesto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, que los ciudadanos CLAUDINA CASTRO DE TABOADA, MARIA TERESA TABOADA DE LOPEZ y JORGE ALEJANDRO TABOADA CASTRO, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad Nº E-673.203, V-5.593.221, y V-11.225.394, son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus, CASTRO TABOADA NOVOA ciudadano, fallecido el día 22/08/2008, de 76 años de edad, según acta de Defunción Nº 758, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Bernardino, del Municipio Libertador del Distrito Capital.
A tenor de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos que pudieran tener los terceros.
CÓPIESE, REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de Marzo de dos mil diez (2010).
La Juez

Abg. Irene Grisanti Cano
La Secretaria, ACC
Abg. Rosa Virginia Villamizar

En esta misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, siendo las 10:30 a.m.
La Secretaria ACC

Abg. Rosa Virginia Villamizar

IGC/va/pvc
ASUNTO: AP31-S-2010-001157