REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE MUNICIPIO

JUZGADO VIGÉSIMOTERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 09 de marzo de 2010
Años: 199º y 151º

Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO que encabeza las presentes actuaciones, así como las testimoniales promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de tercero de igual o mejor Derecho, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE O JUSTIFICATIVO JUDICIAL sobre las bienhechurías descritas en autos, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la sociedad mercantil INVERSIONES R.L.G. C,A., debidamente representada por el abogado en ejercicio FREDDY RAFAEL MARTINEZ CABRERA, abogado e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 45.684. Devuélvase la presente solicitud original con sus resultas al solicitante, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y dejándose copia certificada de este auto en el copiador de sentencia. Cúmplase.
LA JUEZ,

Abg. IRENE GRISANTI CANO

LA SECRETARIA, ACC

Abg. ROSA VIRGINEA VILLAMIZAR








IGC/VA/spd
SOL. Nº AP31-S-2010-000849