REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, NACIONAL Y DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
Juez Unipersonal. Sala de Juicio N° 05
Caracas, Diez (10) de Marzo del año dos mil Diez (2010)
199º y 151º
ASUNTO: AP51-V-2010-000931
Vista el Acta de Convenio que antecede de fecha Diecinueve (19) de Febrero de 2010, suscrita por los ciudadanos YOLY ESTHER STIFANO MONTILLA y WILLIAN JESÚS ROSALES MORA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.330.351 y V-10.634.875 respectivamente, mediante la cual convienen en la presente Fijación de Obligación de Manutención en beneficio de su hija ( se omite su identificacion de conformidad con el artículo 65 LOPNNA), En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho convenio en cada una de sus partes, le imparte su aprobación en los mismos términos expuestos, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Igualmente, se acuerda expedir por Secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, a los fines de que surta sus efectos legales. Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZ
DRA. JURAIMA JAUREGUI ARAQUE.
LA SECRETARIA,
ABG. YELITZA GUARAMACO
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