REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
Juez Unipersonal. Sala de Juicio N° 05
Caracas, Diecinueve (19) de Marzo del año dos mil diez (2010)
199º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-000852
Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente solicitud; en consecuencia, esta Sala de Juicio, en Interés Superior de las niñas (se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 LOPNNA), AUTORIZA a la ciudadana YVONNE DEL VALLE QUEVEDO URAVACA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.964.193, a RETIRAR la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs, 800.00, 00); de manera mensual y permanente para sufragar gastos relacionados a la manutención de las niñas (se omite su identificación de conformidad con el artículo 65 LOPNNA), del dinero que se encuentra depositado en la Cuenta de Ahorros que se ordeno aperturar ante el Banco Industrial de Venezuela, mediante oficio LOPNNA-OCC-1132-10, emitido por la Oficina de Control de Consignación de esta Sede Judicial en fecha 09/03/2010. En consecuencia se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones (OCC) de este Circuito Judicial a los fines de que se sirvan dar cumplimiento a lo decidido en el presente auto. Líbrese oficio. Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZ,


DRA. JURAIMA JAUREGUI ARAQUE.
LA SECRETARIA,


Abg. YELITZA GUARAMACO