REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 10 de marzo de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2007-002124
ASUNTO : JP01-P-2007-002124

JUEZ: ABOG: OLGA TAMARA CAMACHO CASTILLO
SECRETARIA: ABOG: ZAIDA AVILA
IMPUTADO .CARLOS ALEXIS RODRIGUEZ Y OTROS
VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO
DELITO. EXPLOTACION DEL MEDIO AMBIENTE

AUTO DE FUNDAMENTACION DE AUDIENCIA PREIMINAR

Siendo la oportunidad para fundamentar audiencia oral este tribunal lo hace en los términos siguientes una vez constituido el tribunal se le concede la palabra al Ministerio Público, quién manifestó “Una vez verificado, se pudo constatar el total cumplimiento de las obligaciones impuestas a los acusados mencionados, y por ende solicita la extinción de la acción penal y por ende sea decretado el sobreseimiento de la causa, con fundamento en el artículo 318 numeral 3 del Código orgánico procesal Penal seguido se le concede el derecho de palabra a la Defensor Privado, quien manifestó” Me adhiero a la solicitud Fiscal, y consigno en este acto las constancias de finalización de las presentaciones impuestas a mis defendidos, ante la unidad técnica Nº 05 de apoyo penitenciario de la Región Central de fechas 04-11-2009, y la Prefectura del Parroquia Lezama de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas cada sesenta (60) días

DISPOSITIVA

Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta la siguiente decisión: PRIMERO: Se DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la presente pieza jurídica penal por extinción de dicha acción y cumplimiento del plazo de suspensión condicional del proceso seguida en contra de los acusados Jorge Luis Pinto Castillo, quien dijo ser Venezolano, natural de Valle Guanape, estado Anzoátegui, 29 de años de edad, soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la casa S/ro. , calle principal caserío Punteral, municipio Monagas, estado Guárico, titular de la cedula de identidad Nro. V.14.705.542; hijo Julián Pinto y Teclas Mercedes Castillo; Carlos Alexis Rodríguez, quien dijo ser Venezolano, natural de Altagracia de Orituco, estado Guárico, 31 de años de edad, soltero, de profesión u oficio Obrero y agricultor, residenciado en la casa S/ro. , calle principal caserío Punteral, municipio Monagas, estado Guárico, titular de la cedula de identidad Nro. V.12.812.365; hijo Jorge Ramón Palacios y Albertina Rodríguez Meneses; Ángel José Ugueto, quien dijo ser Venezolano, natural de la Guaira, Estado Vargas, de 20 de años de edad, soltero, de profesión u oficio Agricultor, residenciado en la casa S/ro. , calle principal caserío Punteral, municipio Monagas, estado Guárico, telefono Nro 0414-9444870, titular de la cedula de identidad Nro. V.14.705.542; hijo Ángel Ugueto y Maria Palacios, con fundamento en el artículo 318 numeral 3, en relación con el artículo 48 ambos del Código Procesal Penal, con ocasión al delito de por la comisión del delito de DEGRADACIÓN DE LOS SUELOS, TOPOGRAFIA Y PAISAJE, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente; en perjuicio del estado venezolano. SEGUNDO: Cesan las medidas Cautelares impuestas a los acusados antes identificados. Quedan notificadas las partes de la presente decisión la cual será fundamentada mediante auto separado. Líbrese oficio a la prefectura de la Parroquia Lezama Informando del sobreseimiento de la causa a los imputados identificados anteriormente. Líbrese los respectivos oficios. Notificar a las partes de la presente decisión.
La Juez de Control
LA JUEZ, PRIMERO DE CONTROL

ABG. OLGA TAMARA CAMACHO


LA SECRETARIA

ABOG: ZAIDA AVILA