REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 8 de marzo de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2010-000734
ASUNTO : JP01-P-2010-000734
Corresponde a este Tribunal de primera Instancia en función de Control Nº 1 acordar la solicitud de prorroga del fiscal décimo sexto del ministerio publico solicitud establecida en el articulo 250 en su quinto aparte del código orgánico procesal penal donde se establece la prorroga de la acusación hasta por un máximo de quince días en razón de solicitud interpuesta por ante este Tribunal donde escrito del ministerio publico quien explico en virtud de diligencias que tenia que realizar de investigación conforme al articulo 49 ordinal1 y 125 del C.O.P.P
Este tribunal para decidir observa
Examinada la solicitud este tribunal de acuerdo a lo establecido en el artículo 250 del C.O.P.P considera que han transcurrido treinta días desde que se celebro la audiencia oral de presentación A LOS IMPUTADOS RICHARD ARMANDO ARCHILA ARREAZA, JUAN MANUEL SALDEÑO SANCHEZ, JOSE ANTONIO HERNANDEZ BLANDON y MARTHA CECILIA BLANDON, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR MENOR, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 en armonía con el artículo 46 ordinal 5º de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Tiempo este superior al establecido en la norma penal adjetiva para dar fin a la fase preparatoria y emitir un pronunciamiento por lo que la misma se encuentra ajustada a derecho.-
DISPOSITIVA
En razón de lo anteriormente expuesto este tribunal administrando justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento acordar la prorroga a la fiscalia 16 del Ministerio Publico del estado guarico en un lapso de quince días continuos de conformidad al articulo 250 del código orgánico procesal penal Notificar a las partes de la presente decisión.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABOG. OLGA TAMARA CAMACHO
LA SECRETARIA
ABOG. ZAIDA AVILA