REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CALABOZO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion
Calabozo, 22 de marzo de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : JJ11-S-2002-000114
ASUNTO : JJ11-S-2002-000114
PENADO: EFRAÍN DE JESÚS RENGIFO.
RESOLUCIÓN: ACUERDA TRASLADO HASTA EL HOSPITAL.


Visto el contenido del escrito presentado por la Defensora Pùblica Penal, Abg. Catherine Villalobos, en su carácter de Defensa del penado EFRAÍN DE JESÚS RENGIFO, mediante el cual ratifica la solicitud de traslado de éste, hacia la sede del Hospital “Israel Ranuarez Balza”, con sede en San Juan de Los Morros, Estado Guárico, con la finalidad de ser evaluado por un Médico en virtud de presentar dolor fuerte en las partes íntimas y actualmente el internado judicial donde se encuentra recluido no cuenta con el galeno para tal fin; este Tribunal a los fines de garantizarle al penado el derecho fundamental a la Salud y en vista que no se ha obtenido respuesta por parte de la Dirección del internado judicial de la prenombrada ciudad (auto de fecha 03-03-2010), de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Constitución de la Repùblica Bolivariana de Venezuela, acuerda Trasladar con carácter de urgencia y bajo las estrictas normas de seguridad que deberá tomar previamente dicha Dirección, al penado antes mencionado hasta la sede del Hospital “Israel Ranuarez Balza”, con sede en San Juan de Los Morros, con el objeto de la evaluación necesaria, asimismo se deberá informar a este Despacho sobre el egreso e ingreso del penado. Ofíciese, notifíquese a las partes. CÚMPLASE.
LA JUEZ,


ABG. DAYSY CARO CEDEÑO DE GONZÁLEZ

LA SECRETARIA,

ABG. MARÍA AZUAJE