REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 04 de Marzo de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2007-002066
ASUNTO : JP21-P-2007-002066

JUEZ: DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO.
SECRETARIA: ABOG. INES RODRIGUEZ.
PENADO: JOSE REINALDO HERNANDEZ TORREALBA, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad No. 14.601.17, natural de Zaraza, Estado Guárico, hijo de los ciudadanos AYDA DE RODRIGUEZ y PEDRO CESAR RODRIGUEZ, con fecha de nacimiento el 22/05/81, de 28 años de edad, con residencia en la calle Bolívar, casa No. 44, Zaraza, Estado Guárico, actualmente recluido en la Penitenciaría General de Venezuela.
FISCALIA: 9° DE EJECUCION DEL MINISTERIO PUBLICO.
DEFENSA: PUBLICA PENAL III.
DECISION: INICIO DE OFICIO TRAMITES POSIBLE REGIMEN ABIERTO.

ABOCAMIENTO. En virtud de la reincorporación de la juez FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO a sus funciones, una vez vencido el disfrute de su periodo vacacional, se aboca nuevamente al conocimiento del presente Asunto.

PUNTOS PREVIOS.

PRIMERO: Por cuanto se observa que el Asunto no se encuentra organizado cronológicamente, se acuerda realizar la organización correcta y la correspondiente corrección en foliatura.

SEGUNDO: Se deja constancia que del escrito que antecede, se le dio cuenta a la juez en fecha 08/02/10, sin habérsele dado el trámite correspondiente, no siendo ello imputable a quien suscribe.

Visto el auto de ejecución de la sentencia condenatoria dictada en contra del ciudadano JOSE REINALDO HERNANDEZ TORREALBA, en el cual se determinó como fecha para optar al beneficio del Régimen Abierto el 20/02/2010. Este Tribunal Primero de Ejecución conforme a lo establecido en el artículo 479.1, 482 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, y con fundamento en la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el expediente Nº 2008/0287, de fecha 21/04/08, con ponencia del magistrado, Dr. Arcadio Delgado Rosales, mediante la cual se suspendió la aplicación del último aparte del artículo 458 del Código Penal, en el cual se encuentra previsto el delito de ROBO AGRAVADO, permitiendo en consecuencia el posible otorgamiento de beneficios penales, es por lo que se acuerda DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES A FIN DE RESOLVER EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO y en consecuencia ORDENA:

1.- Librar oficio al Director de la Penitenciaria General de Venezuela, solicitando remita a este Tribunal la constancia de conducta carcelaria del penado e informe sobre la posible existencia de otro Asunto Penal en su contra en el cual exista sentencia definitivamente firme o procedimiento jurisdiccional, y cuya existencia corresponda durante el cumplimiento de la pena.

2.- Librar oficiar a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, solicitando la certificación actualizada de Antecedentes Penales del penado.

3.- Librar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Guárico, a fin de que sea practicada la evaluación Psico-Social al penado, indicándosele que el mismo se encuentra privado de libertad y remitiéndosele anexo copias certificadas de la sentencia y del auto de ejecución.

DE LA SOLICITUD DE LA DEFENSA.

Visto el contenido del escrito de la defensa, mediante el cual ratifica el escrito de fecha 26/11/09, solicitando el inicio de trámites para la redención. De la revisión de las actuaciones que conforman el Asunto, se observa que dicho escrito fue recibido en fecha 14/12/09 y fue resuelto por la juez en fecha 15/12/09, librándose los correspondientes oficios a las Juntas de Rehabilitación de Tocuyito y la Penitenciaría, solicitando la remisión de los recaudos necesarios, aún cuando los mismos deben reposar en su expediente carcelario que se encuentra en la Penitenciaría General de Venezuela. Una vez recibidos los mismos, se procederá a realizar la redención correspondiente. Asimismo y en relación a la Constancia de Trabajo consignada por la defensa, la misma se mantendrá anexa, dejándose constancia que no es la requerida para la redención. Notifíquese a la Defensa.

DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: SE ORDENA DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO a favor del ciudadano JOSE REINALDO HERNANDEZ TORREALBA, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad No. 14.601.17, natural de Zaraza, Estado Guárico, hijo de los ciudadanos AYDA DE RODRIGUEZ y PEDRO CESAR RODRIGUEZ, con fecha de nacimiento el 22/05/81, de 28 años de edad, con residencia en la calle Bolívar, casa No. 44, Zaraza, Estado Guárico, actualmente recluido en la Penitenciaría General de Venezuela. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 de la ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

Publíquese, notifíquese, líbrense los oficios correspondientes y déjese copia certificada de la decisión en los archivos del Tribunal.

Es Justicia en Valle de La Pascua, a los cuatro (04) días del mes de Marzo de 2010.
LA JUEZ PRIMERA DE EJECUCION,


DRA. FRANCIA MALUX PIÑERUA CARDOZO

EL SECRETARIO,


ABOG. RICARDO ALFONZO