República Bolivariana de Venezuela.
Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción
Judicial del Estado Guárico.
Sentencia Def. Nº ______
Actuando En Sede: Civil.
Solicitud N° 3.037-10
Motivo: Únicos y Universales Herederos.
Solicitante: LIDIA MARIA FIGUEIRA PACHECO.
En relación a la solicitud presentada en fecha 27 de Enero de 2010, suscrita por la ciudadana: LIIDIA MARIA FIGUEIRA PACHECO, venezolana, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.936.594 respectivamente, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio PEDRO BUITRAGO CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.930, donde solicitan en su condición de hija y de sus hermanos ciudadanos: MABEL YANIREE FIGUEIRA RIVERO, MARIA ISABEL FIGUEIRA RIVERO, MARTA CECILIA FIGUEIRA RIVERO, JOSE ANTONIO FIGUEIRA RIVERO, JORGE JOSE FIGUEIRA PACHECO, JOSE MANUEL FIGUEIRA OCHOA MAGDA ANDREA FIGUEIRA DE OYON, MARY LUZ FIGUEIRA SANCHEZ, MARISELA FIGUEIRA SANCHEZ, DOMINGO JOSE FIGUEIRA SANCHEZ Y ANA ISABEL GARCES FIGUEIRA SPINOLA FIGUEIRA, sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus JOSE FIGUEIRA DOS SANTOS, quien falleció ab-intestato, el día 17 de julio del año 2009, en la ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico.-----------
La solicitud fue admitida en fecha 28-01-2.010, y siendo ésta la oportunidad para decidir, el Tribunal pasa hacerlo, para lo cual previamente observa:
El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovida por la ciudadana: LIDIA MARIA FIGUEIRA PACHECO y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del Tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y en consecuencia, declara conforme a los autos, a los ciudadanos: LIDIA MARIA FIGUEIRA RACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.936.594, MABEL YANIREE FIGUEIRA RIVERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-14.643.370, de este domicilio, MARIA ISABEL FIGUEIRA RIVERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-17.936.593, de este domicilio, MARTA CECILIA FIGUEIRA RIVERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-16.075.853, de este domicilio, JOSÉ ANTONIO FIGUEIRA RIVERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-14.643.497, de este domicilio, JORGE JOSÉ FIGUEIRA PACHECO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-16.075.854, de este domicilio, JOSÉ MANUEL FIGUEIRA OCHOA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-4.542.855, de este domicilio, MAGDA ANDREA FIGUEIRA DE OYON, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-3.203.848, de este domicilio, MARY LUZ FIGUEIRA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-8.807.178, domiciliada en Caracas, Distrito Capital, MARIA JOSÉ FIGUEIRA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-10.979.126, domiciliada en Caracas, Distrito Capital, MARISELA FIGUEIRA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-10.979.128, domiciliada en Caracas, Distrito Capital, DOMINGO JOSÉ FIGUEIRA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-13.513.069, domiciliada en Caracas, Distrito Capital; y ANA ISABEL GARCES FIGUEIRA SPINOLA, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-12.738.212, domiciliada en la ciudad de Londres, Inglaterra; respectivamente; como Únicos y Universales Herederos, del extinto JOSE FIGUEIRA DOS SANTOS, quien falleció ab-intestato el día 17 de julio de 2.009, en la ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, según acta de defunción Nº 521, de fecha 23-07-2.009.
Expídanse dos (02) copia certificada de la presente solicitud.
Devuélvase las presentes actuaciones a la solicitante, una vez que quede definitivamente firme la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. El Sombrero, a los once días del mes de marzo del año dos mil diez.- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-------
La Juez Prov.
Dra. Carmen Alicia Rodríguez.
La Secretaria,
Abg. Isabel Yoaly Barrios Pérez.
En esta misma fecha, siendo las 11:00 de la mañana, se registro, publico y se dejo copia de la anterior decisión.
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