REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-000660
PARTE ACTORA: LOURDES MATOS CASTELLANO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JULLIS MANCERA,
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT TAVOLA PIZZERIA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DOMINGO ALBERTO PARILLI AVILAN, XAMIRA COROMOTO GOYA TORRES
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

Hoy, seis (06) de mayo de 2010, siendo la 10:30 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio instaurado por LOURDES MATOS CASTELLANO contra RESTAURANT TAVOLA PIZZERIA; se deja expresa constancia que solo comparecieron a la misma la ciudadana XAMIRA COROMOTO GOYA TORRES, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 124.444, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada y se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
El Juez
La Secretaria
Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar
Abog. Lorena Guilarte
La Presente