REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 24 de mayo de 2010
200° y 151°
ASUNTO: AP21-L-2010-002497
Visto el escrito de transacción que antecede suscrito por los ciudadanos ALLAN AMADO HENRIQUEZ JENNY CACIQUE y contra FESTEJOS DORADOS 34 C.A., FESTEJOS MARFIL 357 C.A. y FESTEJOS PREMIER 55 C.A., este Tribunal de una revisión minuciosa del mismo, observa que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, cumpliéndose con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con los artículos 9 y 10 del Reglamento; por tal motivo este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO de las partes , dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA. En cuanto a las copias certificadas del escrito transaccional y del presente auto, este Tribunal acuerda su expedición por secretaría, de conformidad con lo previsto en el numeral 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
La Juez
Abg. Neyireé Toledo
La Secretaria
Abg. Anabella Fernández