REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, diecisiete (17) de mayo de (2010).-
200º y 151º
ASUNTO: AP31-S-2010-001874
SOLICITANTE: NAYIDE CONCEPCIÓN CASTRO DE ÁLVAREZ
MOTIVO: TÍTULO SUFICIENTE SOBRE BIENHECHURÍAS.-
Tramitada como ha sido la solicitud que antecede, presentada por la ciudadana NAYIDE CONCEPCIÓN CASTRO de ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, casada y titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.143.483, asistida por la abogada LENINA NAVA BARRIOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 117.791; con la evacuación de las justificaciones promovidas, de los ciudadanos LESVIA CURCIO JULIO y SERGIO MANUEL JULIO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Municipio Sucre del Estado Miranda y titulares de la Cédula de Identidad números V-23.172.339 y V-12.417.375, respectivamente; según consta de las actas cursantes al expediente; este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente, a favor de la ciudadana NAYIDE CONCEPCIÓN CASTRO de ÁLVAREZ, sobre las bienhechurías constituidas por la segunda planta de la casa distinguida con el Nº 32-31, construida en un terreno ubicado en el Barrio Unión, calle principal La Ceiba, Parroquia Petare, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, cuyos linderos y medidas están expresados en el escrito cursante al folio uno con su vuelto, así como las demás características de construcción y disposición de la bienhechuría identificada. El terreno sobre el cual fue construida la bienhechuría es propiedad Municipal, según documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Sucre del Estado Miranda, bajo el Nº 91, Tomo 1, Protocolo Primero, Tercer Trimestre de 1939, según se desprende de la información que le fue suministrada a la solicitante, por el Arq. Víctor Manuel Rodríguez, Director de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda, mediante oficio No. 3525, del 27 de noviembre de 2009, consignado en original y cursante al expediente bajo el folio tres (3). Publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal y entréguese original con sus resultas a la solicitante. Expídanse las copias certificadas que sean solicitadas, antes del retiro del expediente, previa la consignación de la copia simple de la diligencia o escrito por el cual sean requeridos, así como de los demás recaudos pertinentes. Dada, firmada y sellada a los diecisiete (17) días del mes de mayo de dos mil diez (2010), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
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Abg. ZOBEIDA ROMERO ZARZALEJO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
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Abg. CAROLINA DEL VALLE ALARCON REAÑO
En esta misma fecha (17-5-2010), y siendo las (9:50) horas de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA Acc.,
Manuel.-
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