REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 11 de mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2009-005626
ASUNTO : JP01-P-2009-005626
IMPUTADOS: EVENCIO RAMÒN LAYA RAMIREZ Y FANNY AMILET MOTA TERASA
DELITO: TRFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO MENOR
DECISIÓN: APERTURA DEL PROCEDIMIENTO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA
Vista la Ejecución de sentencia que antecede, donde fueron condenados los ciudadanos EVENCIO RAMÓN LAYA RAMÍREZ, venezolano, natural Altagracia de Orituco, Estado Guárico, nacido en fecha 05-03-73, de 34 años de edad, soltero, profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-14.294.520, hijo de Julia Ramírez y de Benito Laya residenciado en Casa S/N, casa de barro, calle la Flores, sector Agua Fría, San Rafael de Orituco, cerca de la iglesia Estado Guarico, a cumplir la pena TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES Y VEINTE(20) DIAS por el delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO MENOR, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 con el agravante del artículo 46 ordinal 5° de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias establecidas en el artículo 16 del Código Penal FANNY YAMILET MOTA TERASA, venezolana, natural de Macaira, Estado, nacido en fecha 06-08-77, de 32 años de edad, soltera, profesión u oficio del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V-13857546, hijo de Rosa Tesara de Mota (v) y Francisco Mota(v), residenciado casa Nº 05 calle paraíso, sector los Guires, Altagracia de cerca del cementerio Orituco, Estado Guarico a cumplir la pena TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES Y VEINTE(20) DIAS TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO MENOR, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 con el agravante del artículo 46 ordinal 5° de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias establecidas en el artículo 16 del Código Penal. En razón que le es procedente según las estipulaciones previstas en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que la pena no excede ce Cinco (05) años, lo procedente y ajustado a derecho, es acuerda la APERTURA del PROCEDIMIENTO DE LA SUSPENSIÒN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÒN DE LA PENA, a los penados CONDENA a los penados EVENCIO RAMÓN LAYA RAMÍREZ y FANNY YAMILET MOTA TERASA, en consecuencia se ordena oficiar lo conducente a la Unidad Técnica Nº 05 de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Guárico, con sede en San Juan de Los Morros , para realizar el examen Psico-social a los penados ,en la Avenida Bolívar, Edificio Las Americas, piso 01, al lado del Banco Federal, y se encuentran recluidos en el Internado Judicial y en el Anexo femenino de la Penitenciaria general de Venezuela y para facilitar la realización del informe al penado, Evencio Ramón Laya Ramírez, se acuerda su traslado del Internado Judicial a la Penitenciaria General de Venezuela. Remítase copia debidamente certificada del presente auto y de la Sentencia Definitiva, al director de los centros carcelarios para que sea agrado a su expediente carcelario y al Jefe de la División de Antecedente Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Notifíquese al Fiscal Noveno del Ministerio Público del Estado Guárico, al Defensor y boleta informativa a los penados a quien debe indicársele que debe consignar Constancia de Trabajo u ofertas laboral; así como oficio al Jefe del Archivo Central y demás extensiones a los fines de que informen a esta Instancia si al penado se le ha formulado nueva acusación en su contra o si ha sido objeto de revocatoria de algún medio alternativo de cumplimiento de pena, que cursen en este Circuito Judicial Penal y demás extensiones . Líbrense los oficios correspondientes.-
LA JUEZA PRIMERO DE EJECUCIÓN
ABG. NEREYDA TIBISAY FLORES FIGUEROA
LA SECRETARIA
ABG ZAIDA ÀVILA