REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL. EXTENSIÓN CALABOZO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL TRIBUNAL PENAL DE CONTROL

Calabozo, 4 de mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : JP11-P-2008-000787
ASUNTO : JP11-P-2008-000787

DECISION: SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Y LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL CONFORME A LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 45, 48 NUMERAL 7º Y 318 NUMERAL 3º DEL C. O. P. P.

Corresponde a este tribunal fundamentar lo decidido en Audiencia Especial celebrada en esta misma fecha, conforme a lo previsto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, verificada la presencia de las partes, se da inicio al presente acto y se le concedió el derecho de palabra a la defensa quien expuso al tribunal visto el cumplimiento cabal de las obligaciones impuestas por este juzgado en su oportunidad legal al ciudadano WILLIANS VIRGILIO HERNANDEZ HERRERA, solicito el Sobreseimiento de la presente causa, conforme a lo previsto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. El Ministerio Público, no se opuso a la solicitud efectuada por la defensa, por cuanto se evidencia en autos el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el tribunal al ciudadano acusado.

DISPOSITIVA

En consecuencia, oída como han sido la solicitud efectuada en este acto por la defensa, no siendo objetada por el Ministerio Publico y por cuanto de las revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto penal se evidencia al folio 135, según oficio Nº 127/10, de fecha 24-04-2010, que el ciudadano WILLIANS VIRGILIO HERNANDEZ HERRERA, quien es venezolano, natural de Calabozo Estado Guárico, de 30 años de edad, soltero, comerciante, hijo de Carmen de Hernández (v) y de Santos Ramón Hernández (v), residenciado en Barrio la Trinidad, Calle 13 con carrera 21, casa Nº 13-72 de esta ciudad y titular de la cédula de Identidad Nº V-16.144.297, cumplió de manera favorable con las obligaciones impuestas por este Juzgado, este Tribunal Segundo de Control del Circuito judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Acuerda conforme a lo previsto en los artículos 45, 48 numeral 7º y 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, el sobreseimiento de la causa y la extinción de la acción penal, a favor del ciudadano WILLIANS VIRGILIO HERNANDEZ HERRERA; por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, delito previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 34, de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. Están notificadas las partes de lo decidido en sala. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-

La Jueza (t)

Abg. Sonia Guerra Soler
El Secretario

Abg. Castor Villarroel