REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FÉLIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-
TUCUPIDO, 19 DE MAYO 2010.-
200° Y 150°
Vista la proposición de Obligación de Manutención realizada por el ciudadano: ALIS ALBERTO MACHADO VILLALTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº 10.980.859, parte demandada en el presente juicio (EXP. Nº 953-10), donde propuso la cantidad de Bs. 250,00 mensual, asi como también colaborar con los gastos médicos y medicinas y gastos de la época decembrina (f 14); y la aceptación de la misma por parte de la ciudadana: YANILIANA DEL VALLE VIERA RENGIFO (f.18), quien actùa en representación de su hijo (identificado en autos) ; el Tribunal en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su homologación, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente, que la actora apertura cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario de esta localidad (Banfoandes), la cual será movilizada y administrada por ella, sin la previa autorización de esta Instancia Judicial.-, La cantidad establecida deberá ser depositada por el demandado los cinco primeros días de cada mes y traer a los autos el recibo de depósito correspondiente en prueba de haber dado cumplimiento con dicho convenimiento..- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio; La Secretaria;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño Abg. Yennifer C. Gutierrez G.
Exp. Nº 953-10
VRVB/YCGG/Dayris