JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Tucupido, 25 DE Mayo de 2.010.-
200º Y 151º


El Tribunal en virtud de la proposición realizada por el ciudadano: JOSE LUIS SANDOVAL, en fecha Veintiuno (21) de Mayo de 2.010, la cual corre en el Folio 50 y la aceptación a dicha proposición, realizada por la ciudadana: NORA JOSEFINA FAJARDO, en fecha Veintiuno (21) de Mayo de 2.010 y que corre en el folio 51, donde el ciudadano: JOSE LUIS SANDOVAL, se compromete en depositar como aumento de la Obligación de Manutención la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 450,ºº) mensuales, en la cuenta de ahorro de sus hijas, así como también, lo concerniente a época escolar y decembrina, medico y medicinas cuando lo requieran y será en 50% cada uno de los padres de las menores.- En consecuencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley declara su Homologación en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- Igualmente se acuerda expedir copias certificada de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.- Se acuerda remitir en su oportunidad al Archivo Inactivo.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramón Vivas Briceño.- La secretaria Titular;

Abg. Yennifer Carolina Gutiérrez Graterol.-
Exp. Nº 863-09
VRVB/Yennifer.-