REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Jueves (04) de Noviembre del año Dos Mil Diez (2010), siendo las Nueve (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE, en compañía del Secretario Titular, Abogado JULIO LEON LOPEZ, Ciudadana Rosa Maria Filigueira Méndez, venezolana, cedula 6.187.807 Asistida por la Abogada PAOLA VERÓNICA REVERON, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 79.983, del Funcionario de la Policía Metropolitana de Caracas, Sargento Segundo: GRUVER MALAVE, placa Nº 8697, cédula de identidad nro. 11.197.432, adscrito a la División Motorizada de ese Cuerpo Policial; del Representante Legal de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A., CARLOS RIVAS, venezolano, cedula de identidad Nº 6.318.092, del Perito Avaluador ALFREDO GONZALEZ, venezolano, cedula de identidad Nº 3.530.122 del Cerrajero EDWIN ESMERAL CUPIDO, venezolano, cedula de identidad Nº 16.032.621, quienes estando presentes se Juramentaron y aceptaron cumplir con sus cargos, en la siguiente dirección: “ Local Comercial identificado con el Nº 4, ubicado en el Edificio Salom, San Agustín del Norte, Municipio Libertador del Distrito Capital, el cual se encuentra edificado sobre un terreno situado en el ángulo sureste de Las Calles Este 8 y Sur 11; a objeto de practicar la medida de Secuestro, decretada y ordenada por el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, sigue la Ciudadana Rosa Maria Filigueira Méndez; Contra La Sociedad Mercantil Transporte Unión Valencia, C.A; expediente Nº: AP31-V-2010-002345 Seguidamente en el lugar Supra-identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley, sin ser atendido por persona alguna. En este estado la Apoderada Judicial de la Parte Actora, expone: “Por cuanto no se encuentra persona alguna en el inmueble que permita su acceso, solicito al Tribunal ordene al cerrajero designado para que abra las puertas a los fines de materializar la medida”.- El Tribunal procede a llamar al cerrajero quien a continuación utilizando medios mecánicos dio apertura a las puertas del Inmueble. El Tribunal Ejecutor Abiertas las puertas por parte del cerrajero y encontrándose en el interior del inmueble deja constancia que recorridas como fueron todas sus áreas no se encontró persona alguna sólo la existencia de bienes muebles los cuales son inventariados y avaluados prudencialmente por la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,oo) por los auxiliares de Justicia, en la Hoja de Inventario anexa que forma parte integrante de la presente acta.- Acto seguido el Tribunal Ejecutor deja constancia que por cuanto no se ha hecho presente persona alguna que acredite ser propietario de los bienes muebles identificados en la presente acta, se ordena constituir Depósito Necesario del mismo, colocándolo en posesión de la Depositaria Judicial designada La Consolidada C.A, en la persona de su representante CARLOS RIVAS, ya identificado, quien procede a su retiro y traslado al Avenida Nueva Granada, Qta El Carmen, Nro 34, Pquia. Santa. Rosalía, Caracas; utilizando para su embalaje y traslado el personal obrero y transporte suministrado Camión 7000, placa A79AG0A, conducido por el ciudadano: Héctor Ramón Trompetero, cédula de Identidad Nº V-5.757.641. - Desocupado como se encuentra el local libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada procede a SECUESTRAR el siguiente inmueble: “ Local Comercial identificado con el Nº 4, ubicado en el Edificio Salom, San Agustín del Norte, Municipio Libertador del Distrito Capital, el cual se encuentra edificado sobre un terreno situado en el ángulo sureste de Las Calles Este 8 y Sur 11 y lo pone en posesión de la Depositaria Judicial designada La Consolidada C.A. representada por el ciudadano CARLOS RIVAS cedula numero 6.318.092 quien lo recibe conforme con las llaves de sus puertas principales avaluado prudencialmente en la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo).- En este estado la Apoderada Judicial de la Parte Actora, expone: “ solicito del Tribunal Ejecutor, devuelva la comisión con sus resultas al Juzgado de la Causa.- Es todo”.- Vista la anterior solicitud este Tribunal Ejecutor de Medidas acuerda la devolución de la comisión al Tribunal Comitente; igualmente se deja constancia que por no haberse presentado persona alguna que acreditara ser propietaria (o) de los bienes muebles encontrados en el inmueble a secuestrar, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a fijar a las puertas del inmueble objeto de la presente medida de Secuestro un Cartel de Notificación donde se le informa a la demandada: Sociedad Mercantil Transporte Unión Valencia, C.A de la medida de Secuestro, del Juicio de resolución de Contrato de Arrendamiento, del Tribunal de la Causa, numero de expediente, así como de la Depositaria Judicial designada especificando su dirección, teléfono y nombre de su Represente, donde se trasladaron todos los bienes muebles para su reclamo. “Este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja constancia de Conformidad al acuerdo de fecha 29-02-2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia aun vigente, que no podrá establecer ni fijar tasas, aranceles o erogación alguna” Da por terminado el acto, ordenado el regreso a su sede siendo las (2:00 p.m.) Terminó, se leyó y conformes firman.-
Juez Titular
La Parte Actora y su
Abogada Asistente
El Depositario Judicial El Perito Avaluador,
El Funcionario Policial El Cerrajero
El Secretario Titular.
Comisión: 2143-10.-
MCCM/JLL.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
INVENTARIO FISICO DE BIENES MUEBLES
El presente formato es el anexo _01__de _01 del acta de la medida de Secuestro, practicada en fecha 04 de Noviembre del 2010,
por éste juzgado ejecutor, Comisión N° 2143-10, realizada por el Perito Avaluador designado: Alfredo González , C.I.N° 3.530.122
N° CANT DESCRIPCION VALOR UNIDAD Bs VALOR TOTAL Bs
1 5 Sillas Plásticas Color Amarillo
2 1 Escritorio Base Negra Metal y Lamina Marrón en Formica
3 1 Coche para Bebe Mal Estado
4 1 Monitor Marca IBM Color Beig S/S
5 1 Mesa Para Computadora Base Metal y Formica
6 1 Caja Conteniendo Artículos de Oficina
Total 1.000°°
El Perito Avaluador La Secretaria El Juez Ejecutor
Ejecutante Ejecutado