REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 11 de Noviembre de 2010
200° y 151°
Vista la diligencia de fecha 09 de Noviembre de 2010, suscrita por el abogado LEONARDO ALCOSER, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 117.113, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil BLANDIN C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 16 de julio de 1957, bajo el Nº 11, Tomo 24-A, parte actora en el presente juicio, mediante la cual desiste del procedimiento, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre lo solicitado, pasa a transcribir el siguiente artículo:
Artículo 266 del Código de Procedimiento Civil:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días.”
Con fundamento en el artículo antes mencionado, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA en todas y en cada una de sus partes el presente DESISTIMIENTO y en consecuencia, se tendrá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en los mismos términos expuestos.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los once (11) días del mes de Noviembre de Dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,
DRA. ANNA ALEJANDRA MORALES LANGE
LA SECRETARIA
ABG. ANA A. SILVA SANDOVAL
Publicada en la presente fecha, previo el anuncio de ley, a las puertas del Tribunal siendo las 11:00 a.m.
LA SECRETARIA
ABG. ANA A. SILVA SANDOVAL
AAML/AASS/YB.
Exp. N° AP31-V-2010-002504.
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