REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes

Caracas, 10 de Noviembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AH52-X-2010-000685
Vistas y revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial el acta de convenio de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, de fecha 01 de Noviembre del presente año, suscrita por los ciudadanos JOSE RAFAEL BETANCOURT CACERES y RUTH ANNALY CASTRO GALLANDO, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-10.332.926 y V-10.335.596 respectivamente, en la Sede de este Tribunal ante la Jueza de este Tribunal, Abg. Yaqueline Landaeta Vilera; a favor de los niños (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). En consecuencia, esta Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones expuestos por las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección Niños, Niñas y Adolescentes, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene carácter de cosa juzgada y fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaría las copias certificadas conforme a lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos necesarios. Y así se decide.
LA JUEZA,
EL SECRETARIO
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
ABG. MARLENE RAMIREZ



YLV/CAF/Mireya
AH52-x-2010-000685