REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS. NIÑAS Y ADOLESCENTES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes

Caracas, 03 de noviembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AP51-S-2010-004916
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto y en especial la diligencia de fecha 26 de octubre del año en curso, suscrita por el Abogado LEONARDO HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.948 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAUL MACHO, en la cual solicita sea subsanado el error en que se incurrió en la sentencia de fecha 01 de octubre de 2010; en consecuencia, esta Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, procede a hacer la aclaratoria, conforme a lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual donde se transcribió el nombre de la solicitante como ANAROSA GARCIA debe decir ANA ROSA GARCIA. Téngase la presente como parte accesoria de la sentencia de fecha 01 de octubre del año en curso. Cúmplase.-
LA JUEZA
LA SECRETARIA

ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
ABG. MARLENE RAMIREZ


AP51-S-2010-004916
YLV/MR/Marjorie