REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO. EXTENSIÓN CALABOZO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio de Calabozo
Calabozo, 29 de Noviembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : JP11-P-2009-000634
ASUNTO : JP11-P-2009-000634

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Celebrada como ha sido en esta misma fecha, Audiencia para conocer y resolver las excusas, inhibiciones o recusaciones de los escabinos candidatos y la Constitución Definitiva del Tribunal Mixto conforme a lo establecido en el reformado artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, publicada en Gaceta Ofician Nº 5.930 de fecha 04 de Septiembre del 2009, acto en el cual presentes el Fiscal Quinto del Ministerio Publico Abg. Ulises José Rivas Zambrano, el Defensor Publico Penal Nº 02 de los acusados Abg. Juan Antonio Brito Scott; por la Oficina de Participación Ciudadana la Lic. Luisa Venturini, dejandose constancia de la incomparecencia de la victima quien o fue citada por las razones que se señalan al dorso de las boletas libradas, ni los acusados quienes no fueron trasladados desde el Internado Judicial del Estado Guarico, desconociendo el Tribunal las razones por las cuales no se hizo efectivo el mismo, el Tribunal, por cuanto no comparecieron al mismo ciudadanos escabinos candidatos suficientes para lograr la constitución del Tribunal Mixto; y al verificarse el número de convocatorias se pudo constatar que han sido mas de dos (02) oportunidades en las cuales se han realizado sorteos para la elección de escabinos; sin que hasta la presente fecha se hubiere podido constituir el Tribunal debido a la incomparecencia de los ciudadanos escogidos por Sorteo.
Es por lo que el Tribunal dando aplicación a Decisión Nº 3744 de fecha 22 de Diciembre de 2003, ratificada por decisión Nº 2598 fecha 16 de Noviembre de 2004; emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y a solicitud del acusados, solicitud esta que no fue objetada por el Ministerio Publico ni por el defensor, en virtud de que en la presente causa, se han convocado en mas de dos (02) oportunidades el acto de Constitución de Tribunal Mixto; sin que hubiere podido constituirse el mismo; se procede a prescindir de los escabinos constituyéndose el Tribunal de forma Unipersonal; procediéndose a fijar la celebración del Juicio Oral y Público para el día Miércoles 12 de Enero del 2011, a las 10:00 horas de la mañana. Las partes presentes quedaron notificadas de la presente decisión. Se Ordena el traslado de los acusados desde la sede del Internado Judicial de San Juan de los Morros, Estado Guarico. Cítese a la victima por la vía ordinaria, a través de la Policía del Pueblo Apureño, con sede en San Fernando y publicarla en la cartelera de esta Extensión Judicial, conforme al artículo 181. Se ordena la citación de los medios de pruebas. y los medios de pruebas de la fijación de la fecha para el Juicio Oral y Público. Cúmplase.-
El Juez Primero de Juicio

La Secretaria

Abg. Castor José Villarroel Piña
Abg. Josefa Gregoria Zurita Campos


En la misma fecha, se dio cumplimiento con lo acordado en la decisión que antecede. Conste.-

La Secretaria