En fecha 06 de Octubre del año 2010, los ciudadanos: JOAO LUIS RODRIGUES y YOLANDA MARGARITA BREA DE RODRIGUES, Extranjero el primero y venezolana la segunda de los nombrados, mayores de edad, cónyuges, domiciliados en esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico y titulares de las cédulas de identidad Nros. E-81.737.783 y V-9.887.913, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada YOLYES MARIA TOVAR, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°. 94.146, respectivamente, presentaron escrito de solicitud de divorcio, por ruptura prolongada de la vida en común y manifestaron que desde hace más de cinco (05) años están separados. Para decidir, este Juzgado hace las siguientes consideraciones:
PRIMERO
En este procedimiento, se ha dado cabal cumplimiento a los trámites legales consagrados en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano.
La Fiscal del Ministerio Público, quien fuera legalmente citada, no hizo oposición alguna.