En horas de Despacho del día de hoy, Martes (16) de Noviembre del 2010, siendo las 9:30 horas de la mañana, se trasladó éste Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, para proceder con la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en fecha 04-10-10, sobre el Cincuenta por Ciento (50%) de una Cuenta Corriente que mantiene el ciudadano GABRIEL ARCANGEL ADJUNTA Cédula de Identidad Nº V- 4.739.116. en la Entidad Bancaria Banesco, San Juan de los Morros, intentada por la Ciudadana JOSEFINA COINTA PEREZ DE ADJUNTA, Cédula de Identidad Nº 3.714.135, Se trasladó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en compañía de la Abg. Actora OLGA FUENMAYOR PORRAS Impreabogado Nº 18.958; en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante. Una vez constituidos en la sede del Banco Banesco, ubicada en San Juan de los Morros, Avenida Bolívar cruce con Calle Infante, una vez en el sitio fuimos atendidos por la Ciudadana MILBIDA AGRAZ, Cédula de Identidad Nº V- 12.840.322, en su carácter de Subgerente de la Entidad Bancaria, a quien el Tribunal le notificó acerca de la medida objeto de la presente comisión Nª 1.543-10. En este estado la Abogada Actora, ABG. OLGA FUENMAYOR PORRAS; solicitó en este acto que fuera verificada la Cuenta Corriente Nº 0134-0466-66-466102-9639, siendo su titular el ciudadano GABRIEL ARCANGEL ADJUNTA, Titular de la Cèdula de Identidad Nº 4.739.116. en este estado la ciudadana notificada manifestò al Tribunal que el monto existente en la cuenta indicada es TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE BOLIVARES CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (37.267,77 Bf.). Seguidamente expone la abogado actora: “Solicito muy respetuosamente a este Tribunal se sirva embargar el Cincuenta por Ciento (50%) de la cantidad de dinero existente en la cuenta corriente anteriormente indicada y consecuencialmente esta entidad bancaria emita cheque de gerencia, con la cantidad embargada, a nombre del Tribunal Comitente, es todo”. Seguidamente la ciudadana MILBIDA AGRAZ le manifestó al Tribunal que se está elaborando el cheque de gerencia referido a nombre del Tribunal de la causa. Vistas las exposiciones de las partes; “este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el Cincuenta por Ciento (50%) de la cantidad existente en la Cuenta Corriente Nº 0134-0466-66-466102-9639, es decir, DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (18.633,88 Bf.) que pertenecen a su titular Ciudadano GABRIEL ARCANGEL ADJUNTA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 4.739.116. y le solicita a la notificada se sirva elaborar el respectivo cheque de gerencia, a nombre del Tribunal comitente, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, el Tribunal deja constancia que recibiò el cheque de gerencia Nº 46609707 por la cantidad de DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (18.633,88 Bf.), a nombre del Tribunal comitente, es todo. Terminó. Se leyó y conforme firman. LA JUEZ (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; LA ABOGADO EJECUTANTE (Fdo Ilegible) ABG. OLGA FUENMAYOR PORRAS; LA NOTIFICADA (Fdo Ilegible) MILBIDA AGRAZ; y LA SECRETARIA TEMPORAL (Fdo Ilegible) LIGIA SOJO.