En horas de Despacho del día de hoy, Martes (16) de Noviembre del 2010, siendo las 11:30 horas de la mañana, se trasladó éste Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, para proceder con la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en fecha 04-10-10, sobre el Cincuenta por Ciento (50%) de unas Cuentas que mantiene el demandado de autos, ciudadano GABRIEL ARCANGEL ADJUNTA Cédula de Identidad Nº V- 4.739.116. en la Entidad Bancaria Banco Caribe, Agencia de San Juan de los Morros, Cuenta Corriente Nº 01140206242060076408 y Cuenta de Ahorros Nº 0114-0206-21-2061219083, intentada por la Ciudadana JOSEFINA COINTA PEREZ DE ADJUNTA, Cédula de Identidad Nº 3.714.135, Se trasladó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en compañía de la Abg. Actora OLGA FUENMAYOR PORRAS Impreabogado Nº 18.958; en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante. Una vez constituidos en la sede de la Entidad Bancaria Banco Caribe, ubicada en la Avenida Sendrea en San Juan de los Morros, una vez en el sitio fuimos atendidos por la Ciudadana ANA ALAYÒN, en su condición de Gerente de Servicios de la Entidad Bancaria, a quien el Tribunal le notificó acerca de la medida objeto de la presente comisión Nª 1.545-10. En este estado la Abogada Actora, ABG. OLGA FUENMAYOR PORRAS; solicitó en este acto la verificación de las Cuentas ya mencionadas anteriormente al inicio del acta, siendo su titular el ciudadano GABRIEL ARCANGEL ADJUNTA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 4.739.116. en este estado la ciudadana notificada manifestó que la Cuenta Corriente Nº 01140206242060076408 se encuentra en cero bolívares y la Cuenta de Ahorros Nº 0114-0206-21-2061219083 posee TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (13.686,52 Bf.) que corresponde al cincuenta por ciento (50%) de la suma de VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTES (21.487,89 Bf.) que tiene su titular el ciudadano GABRIEL ARCANGEL ADJUNTA. Seguidamente expone la abogado actora: “Solicito muy respetuosamente se sirva embargar el Cincuenta por Ciento (50%) de la cantidad de dinero existente en la Cuenta de Ahorros señalada e identificada y consecuencialmente se sirvan emitir cheque de gerencia con la cantidad embargada a nombre del Tribunal comitente, es todo”. En este estado la notificada informa al Tribunal que en un lapso de 48 horas se tomarà la Entidad Bancaria para la elaboración del cheque de gerencia a nombre del Tribunal comitente con la suma embargada. Vistas las exposiciones de las partes; “este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el Cincuenta por Ciento (50%) de la cantidad existente en la Cuenta de Ahorros Nº 0114-0206-21-206121983, es decir, la cantidad de TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (13.686,52 Bf.) que pertenecen a su titular Ciudadano GABRIEL ARCANGEL ADJUNTA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 4.739.116. y le solicita a la notificada se sirva elaborar el respectivo cheque de gerencia, con la suma embargada a nombre del Tribunal comitente, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, es todo. Terminó. Se leyó y conforme firman. LA JUEZ (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; LA ABOGADO EJECUTANTE (Fdo Ilegible) ABG. OLGA FUENMAYOR PORRAS; LA NOTIFICADA (Fdo Ilegible) ANA ALAYÒN; y LA SECRETARIA TEMPORAL (Fdo Ilegible) LIGIA SOJO.