REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, de Octubre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AP11-F-2010-000484
Visto el anterior libelo de demanda, así como los recaudos consignados, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 777 eiusdem. En consecuencia, se ordena emplazar a la ciudadana Martha Gisela Salazar González, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número 9.896.496, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de su citación se haga, a fin de dar contestación a la demanda que por Partición de la comunidad conyugal, ha incoado en su contra el ciudadano Mario José Martínez Alvarado, dentro de las horas de despacho establecidas por el tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de la citación, una vez suministrados los fotostatos respectivos, los cuales deberán ser consignados por diligencia. A los fines del pronunciamiento sobre la medida solicitada y la apertura del cuaderno respectivo, se insta a la parte actora a consignar copia del libelo, del presente auto y los recaudos correspondientes.
La Juez
María Rosa Martínez.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez