REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL CON SEDE EN CARACAS. Caracas, Once (11) de Octubre de Dos Mil Diez (2010).
200° y 151°

Visto que en fecha veintiocho (28) de julio de dos mil diez (2010), fue juramentado por ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, el ciudadano José Valentín Torres Ramírez como Juez Provisorio de este Juzgado Superior, en virtud que le fue concedido el beneficio de jubilación a la ciudadana Belkis Briceño Sifontes. Ahora bien, habiendo tomado posesión del cargo el referido Juez el día trece (13) de agosto de dos mil diez (2010), a los fines de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso de la partes, en aras de asegurar el cumplimiento de lo consagrado en los artículos 26 y 49 numeral 4 de la Carta Magna, en concordancia con lo establecido en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, se deja expresa constancia que el referido Juez Provisorio se aboca al conocimiento de la presente causa.
Asimismo visto el oficio Nro. 167-10, de fecha Nueve (09) de Julio del Dos Mil Diez (2010), enviado por la Coordinadora de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Corte Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual remite el expediente Nro. 1111 (nomenclatura de este Tribunal), en virtud de presentar discrepancia en cuanto a la fecha de la sentencia dictada el veintinueve (29) de abril del dos mil diez (2010), y la misma establecida en el auto que oye la apelación como en el oficio de remisión, en consecuencia, este Órgano Jurisdiccional deja sin efecto el auto de fecha Primero (1ero) de Julio del corriente año y su subsecuente oficio Nro. TS8CA-2010-0810, dirigido a la mencionada unidad, en virtud de que efectivamente presenta un error material en la fecha de la sentencia, ahora bien, vista la diligencia de fecha Doce (12) de Mayo de Dos Mil Diez (2010), suscrita por el Abogado Stalin Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.650, actuando con el carácter de apoderado Judicial de la parte actora; mediante la cual apela de la Sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha Veintinueve (29) de Abril del Dos Mil Diez (2010), en consecuencia, este Juzgado oye en ambos efectos dicha apelación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 290 del Código del Procedimiento Civil, y ordena la remisión del presente expediente constante dos (02) piezas, la primera constante de cincuenta y seis (56) folios útiles, y la segunda correspondiente al expediente administrativo constante de treinta y tres (33) folios útiles, a las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, para que conozca de la misma.Líbrese oficio.
EL JUEZ



Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA


Abg. EGLYS FERNÁNDEZ
Exp. 1111/JVTR/EFT/Franyi