REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

JUZGADO SUPERIOR AGRARIO. San Juan de los Morros, Veintisiete (27) de Octubre del Dos Mil Diez (2010).
200º y 151º

Por cuanto quien suscribe el presente auto, se encargó del Tribunal a partir del 23 de Julio de 2010, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, conforme a la designación hecha por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en reunión de fecha, 21 de Julio de 2010 debidamente convocado y juramentado, en virtud de que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia acordó la creación del referido Juzgado mediante resolución nº 2008-0029 de fecha 06 de agosto de 2008. En este sentido y en virtud de que el presente expediente se encuentra sentenciado y no consta en autos la notificación de ninguna de las partes intervinientes en el presente juicio de la misma, la cual fue dictada en fecha 11 Abril de 1.996, así mismo de la revisión de los autos se desprende que no consta el domicilio procesal de ninguna de las partes ni de sus apoderados judiciales por lo que de conformidad al artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificarlos por cartel fijando su domicilio procesal en la sede de esta alzada librando sendos carteles de notificación. Se ordena fijar los mencionados carteles en la cartelera del Tribunal por un lapso de 10 días de despacho. Y una vez que conste en autos la última de las notificaciones, comenzará a correr los lapsos a que hubiera lugar.-
El Juez

Abog. JOSE JOAQUIN TORO SILVA



LA SECRETARIA

Abog. ANA CECILIA ACOSTA MALAVE


EXP. Nº A-3119
JJTS/AA/je